1829 Revisión del Contrato Ley de la Industria Textil del Ramo de la Lana/Infonavit destituye al Delegado Regional en Guanajuato/importación autos usados

1829 Revisión del Contrato Ley de la Industria Textil del Ramo de la Lana/Infonavit destituye al Delegado Regional en Guanajuato/importación autos usados

Revisión del Contrato Ley de la Industria Textil del Ramo de la Lana
Se dan a conocer las modificaciones al Contrato Ley de la Industria Textil del Ramo de Géneros de Punto, dirigidas específicamente a los trabajadores de nuevo ingreso.

Puntos relevantes
Las partes convienen incrementar en un 4% todos los salarios y tarifas que actualmente devengan los trabajadores sindicalizados, ya sean fijos, a destajo, por tarea, por eficiencia y derivados de convenios singulares superiores, así como los llamados "banderazos" donde los hubiere. Por lo tanto el salario mínimo de este ramo queda en $136.83.

Vigencia: Desde el primer turno del 21 de enero de 2014.

Fuente: Convenio de revisión salarial del Contrato Ley de la Industria Textil del Ramo de la Lana (DOF, STPS 30 de enero de 2014).

Infonavit destituye al Delegado Regional en Guanajuato

Se da a conocer la destitución definitiva del señor Lorenzo Chávez Zavala quien fungía como titular de la Delegación Regional en Guanajuato del Instituto, esto en razón de que la Contraloría Interna detectó en su actuación el incumplimiento de la normatividad y procedimientos competencia de esa unidad administrativa.

Fuente: Boletín de prensa número 003 del Infonavit (29 de enero de 2014).

Aplazan la vigencia del Decreto que permite importar autos usados
Se prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2014 la vigencia del "Decreto por el que se regula la importación definitiva de vehículos usados, publicado en el DOF el 1o de julio de 2011", la cual expiraba el día de mañana.

Por lo tanto, se podrán seguir importando por un año más vehículos usados (fracciones arancelarias referidas en el Decreto) sin permiso previo de la Secretaría de Economía (SE), ni certificado de origen, conforme a lo siguiente:

Lugar a importar Antigüedad del automóvil IGI
A todo el territorio nacional De ocho a nueve años 10%
Franja fronteriza norte De cinco a nueve años 1%
De 10 años 10%

La legal estancia en el país de esos vehículos se acreditará con el pedimento de importación respectivo.

Fuente: Decreto que modifica el diverso por el que se regula la importación definitiva de vehículos usados (SE, DOF del 30 de enero).

Seminarios IDC
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