1863 Nuevo Reglamento del CFF/Nuevos beneficios de lactancia a madres trabajadoras

1863 Nuevo Reglamento del CFF/Nuevos beneficios de lactancia a madres trabajadoras

Nuevo Reglamento del CFF
Hoy se publicó el RCFF 2014, cuyas novedades más destacadas se precisan a continuación:

Comprobantes fiscales
Fallecimiento
Se precisa que ante el fallecimiento del contribuyente, el representante legal de la sucesión será el único autorizado para seguir emitiendo CFDI’s (art. 38).

Timbrado del CFDI
El causante deberá remitir al SAT o al proveedor de certificación (PAC) el CFDI a más tardar a las 24 horas siguientes en que se hubiese efectuado la operación (art. 39).

Modificación del RFC
Cuando la autoridad modifique el RFC de las personas físicas que perciban ingresos por salarios, los CFDI’s que amparen las erogaciones que contengan la clave anterior y los que incluyan la nueva serán válidos para deducir o acreditar, si el nombre corresponde al mismo trabajador, se cumple con los demás requisitos fiscales y la clave anterior hubiese sido utilizada antes de la asignación de la nueva (art. 36).

Unidad de medida y clase de bienes
Los bienes o mercancías se describirán detalladamente en el CFDI, considerando sus características esenciales (marca, modelo, número de serie, especificaciones técnicas, etc.) a fin de distinguirlos de otras similares (art. 40).

Presunción de operaciones inexistentes
Se especifica que la notificación se realizará en este orden: por buzón tributario, publicación en la página de Internet del SAT y en el DOF (art. 69).
Se justifica el requerimiento de información adicional que la autoridad puede efectuar al contribuyente para que se desvirtúe la presunción por lo que ya no queda regulado exclusivamente en la RMISC 2014.

Acuerdos conclusivos
Se precisa que se puede solicitar la adopción a este tipo de solución de controversias antes del levantamiento de la última acta parcial u oficio de observaciones, o antes de la resolución provisional si el fisco federal ya calificó hechos u observaciones en dichos documentos (art. 71).
Este procedimiento suspende los plazos de la revisión electrónica, pero el causante deberá manifestar en la solicitud correspondiente, su conformidad con la citada suspensión (art. 72).

Revisiones electrónicas
Si la autoridad dentro de una revisión electrónica solicita información y documentación a un tercero, este proporcionará lo requerido a más tardar a los 15 días siguientes contados a partir de que surta efectos la notificación del requerimiento (art. 61).

Desahogo de pruebas
El desahogo de pruebas periciales ofrecidas dentro de una revisión electrónica se realizará dentro de los 20 días siguientes a su ofrecimiento (art. 62).

Vigencia: A partir del 3 de abril de 2014.

 

Nuevos beneficios de lactancia a madres trabajadoras

La Secretaría de Salud (SS) dio a conocer en el DOF un decreto modificatorio de diversas leyes, entre ellas, la LSS y la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV).
Respecto a la:

  • LSS se reformó el artículo 94 relativo a las prestaciones que otorga el IMSS a las madres trabajadoras. Para conocer los detalles del tema está a su disposición la nota "Trabajadoras conocerán beneficios de lactancia", y
  • LGAMVLV se enmendó el numeral 11 para considerar como parte de la violencia laboral el impedimento a las mujeres de llevar a cabo su periodo de lactancia

Vigencia: A partir del 3 de abril de 2014.

Fuente: Decreto por el que se reforman diversas disposiciones (DOF SS, 2 de abril de 2014).

Seminarios IDC
IDC Asesor Jurídico y Fiscal lo invita a asistir a nuestros próximos seminarios:  "Cambios aduaneros e impacto de la reforma fiscal en las maquiladoras" y "Optimice el manejo de su nómina" que se llevarán a cabo los próximos 3 de abril y 22 de mayo de 2014, en la Ciudad de México. Mayores informes en el teléfono (55) 40403641.

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