1890 Precisiones en importaciones temporales

1890 Precisiones en importaciones temporales

Precisiones en importaciones temporales
Se publica en el DOF del día de hoy la Décima Primera Resolución de Modificaciones a la Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior 2013, cuyos puntos principales son los siguientes:

  • se elimina el señalamiento de que el documento debe estar apostillado cuando se anexe a las solicitudes de pago del valor de las mercancías, sin que sea claro este cambio, toda vez que la apostilla está basada en la Convención de la Haya suscrita por México y es la forma simplificada de darle efectos a un documento extranjero, esto es, un documento proveniente de los países que firmaron dicha Convención no requieren ser legalizados, sino únicamente cumplir con la apostilla (regla 1.1.5.)
  • en cuanto a la importación temporal de ciertos vehículos, se hacen las siguientes precisiones:
    • embarcaciones de recreo y deportivas, así como de vehículos propiedad de extranjeros o residentes en el extranjero; si el pago se efectúa en los Módulos de Control de Importación e Internación Temporal de Vehículos (CIITEV) o en los Consulados Mexicanos en los Estados Unidos de América ya conocidos, se cubrirá un pago de 51 dólares más IVA por concepto de trámite, en tanto que si se hace por Internet, solamente se pagarán 45 dólares más IVA; anteriormente era una misma cantidad sin importar la forma en que se efectuara el pago (reglas 4.2.5. y 4.2.7.)
    • casas rodantes; se aumenta el cobro del trámite de 45 a 51 dólares más IVA (regla 4.2.6.)
  • en cuanto a no contar con la obligación de pagar el DTA en la exportación o retorno, o la importación definitiva o temporal de mercancías originarias, al amparo de ciertos Tratados de Libre Comercio,  se deroga la referencia al celebrado entre los Estados Unidos Mexicanos y las Repúblicas de El Salvador, Guatemala y Honduras, toda vez que actualmente rige el Tratado de Libre Comercio Único con Centroamérica (regla 5.1.3., fracc. IV)

Vigencia: A partir del 1 de junio de 2014.

México intercambia información con más países
Se publicó en el DOF del 30 de mayo de 2014 los Decretos por los cuales se aprueban los Acuerdos entre México, y Gibraltar, y Liechtenstein para el intercambio de información en materia tributaria, signados el 9 de noviembre de 2012 y el 29 de abril de 2013, respectivamente, cuyos contenidos se darán a conocer posteriormente cuando se publique su texto.

Seminarios IDC
IDC Asesor Jurídico y Fiscal lo invita a asistir a nuestros próximos seminarios: "Mitos y Realidades del Régimen de Incorporación", "Outsourcing, ¿en vías de extinción?", y "Cómo rescindir exitosamente una relación de trabajo", que se llevarán a cabo el 5 de junio, 17 de julio y 7 de agosto, de 2014, respectivamente, en la Ciudad de México. Mayores informes en el teléfono (55) 40403641.
 
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