1949 IMSS otorga facilidades por Odile

1949 IMSS otorga facilidades por Odile

IMSS otorga facilidades por Odile

El IMSS a efectos de apoyar a los patrones y sujetos obligados afectados por los fenómenos meteorológicos suscitados el 14 y 15 de septiembre en Baja California Sur, dio a conocer el Acuerdo número ACDO.AS1.HCT.170914/192.P.DG Y DIR mediante el cual autoriza a la Delegación Regional en Baja California Sur del IMSS y las Subdelegaciones Cabo San Lucas y La Paz para que concedan las siguientes facilidades administrativas respecto del cumplimiento de obligaciones de seguridad social.

Facilidades

  • Pago a plazos, ya sea en forma diferida o en parcialidades de las cuotas IMSS patronales causadas durante agosto, septiembre y octubre de 2014, y 
  • dispensa del otorgamiento de la garantía del interés fiscal, previo cumplimiento de los requisitos legales, siempre y cuando continúen enterando las parcialidades autorizadas por las cantidades y en las fechas respectivas

El pago de las cuotas obreras y las correspondientes al Seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez debe ser cubierto de conformidad con la LSS y el Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización.

Beneficiarios
Patrones y demás sujetos obligados ubicados en los municipios de Comondú, La Paz, Loreto, Los Cabos y Mulegé.

Requisito
Solicitar la concesión de los beneficios a más tardar el 15 de octubre de 2014.

Otros beneficios
Las empresas que con anterioridad a agosto de 2014 hubiese obtenido la autorización para cubrir a plazos las cuotas, los capitales constitutivos, la actualización, los recargos y las multas, en términos de lo dispuesto en el artículo 40 C de la LSS, podrán diferir el pago de las parcialidades correspondientes a agosto y las subsecuentes autorizadas, reanudando su entero a partir de noviembre de 2014, por tanto no se generarán recargos por prórroga o mora.

Pérdida de los beneficios
Se perderán estas facilidades administrativas cuando se dejen de pagar total o parcialmente dos o más de las parcialidades referidas. En este caso los titulares de las Subdelegaciones Cabo San Lucas y La Paz exigirán el pago total de los adeudos al Seguro Social, con la actualización y los recargos que procedan.

Vigencia: A partir del 23 de septiembre de 2014.

 

Seminarios IDC
IDC Asesor Jurídico y Fiscal lo invita a asistir a nuestro próximo seminario: "El congelamiento de cuentas bancarias como herramienta de las autoridades fiscales" que tendrá lugar el 23 de octubre. Mayores informes en el teléfono (55) 40403641.

IDConline en Redes sociales
Entérese de primera mano, de las notas exclusivas para nuestros usuarios.
Síganos en:

https://twitter.com/IDConline
https://www.facebook.com/IDConline

La Editora General