1982 Estímulos fiscales por pagar con tarjeta en el buen fin

1982 Estímulos fiscales por pagar con tarjeta en el buen fin

Estímulos fiscales por pagar con tarjeta en el buen fin
A fin de incentivar a los comercios, en especial a las micro, pequeñas y medianas empresas, para que acepten pagos con tarjetas de crédito y débito, el SAT realizará durante “El Buen Fin”, un sorteo para premiar a los tarjetahabientes que realicen compras en ese periodo. La suma total de los montos a entregar no excederá de 500’000,000.00. A nivel individual los premios no excederán  de $10,000.00 ni serán menores a $250.00.

Las instituciones emisoras de las tarjetas entregarán los premios, por cuenta del Gobierno Federal. Por ello, dichas entidades podrán aplicar un estímulo fiscal, el cual consiste en acreditar contra el ISR a su cargo o retenido a terceros, el monto que hayan entregado como premio a sus tarjetahabientes.

Finalmente, se precisa que para que los tarjetahabientes reciban el valor del premio sin retención alguna de impuestos será la Federación quien pague por cuenta de los ganadores el monto correspondiente a los impuestos locales, y que el premio obtenido no se considerará como ingreso acumulable para efectos del ISR.

Vigencia
A partir del 11 de noviembre de 2014.

Fuente: Decreto por el que se otorgan estímulos fiscales para incentivar el uso de medios de pago electrónicos (DOF del 10 de noviembre de 2014, SHCP).

Condonación de derechos en el DF
A las personas físicas y morales que construyan desarrollos habitacionales financiados por las entidades de la administración pública local, se les condona el 100% del pago de los siguientes derechos y aprovechamientos en el DF, según se trate (primero y segundo):

  • por la instalación, reconstrucción, reducción o cambio de lugar de tomas para suministrar agua potable o agua residual tratada y su conexión a las redes de distribución del servicio público (art. 181, CFDF)
  • por la autorización para usar las redes de agua y drenaje o modificar las condiciones de uso, así como por el estudio y trámite, que implica esa autorización (art. 182, CFDF)
  • para que la autoridad competente realice las acciones necesarias para prevenir, mitigar o compensar las alteraciones o afectaciones al ambiente y los recursos naturales (art. 300, CFDF)
  • para que la autoridad competente realice las acciones para prevenir, mitigar o compensar los efectos del impacto vial (art. 301, CFDF)
  • por cada metro cuadrado de construcción o de ampliación, a efectos de que el Sistema de Aguas esté en posibilidad de prestar los servicios relacionados con la infraestructura hidráulica (art. 302, CFDF)

Los beneficios se tramitarán durante 2014 ante las siguientes oficinas (art. tercero):

  • tratándose de los derechos por servicio de agua ante el Sistema de Aguas de la Ciudad de México
  • en cuanto a los aprovechamientos establecidos ante la Administración Tributaria respectiva

Para gozar de los beneficios los interesados deberán presentar:

  • documento expedido por la entidad correspondiente, en el que conste el nombre del beneficiario del financiamiento para la realización del desarrollo habitacional, así como su descripción
  • formato de pago correspondiente a nombre del beneficiario, en el que se establezca el monto de los derechos o aprovechamientos que se generan

Limitación

  • No procederá la acumulación de los beneficios con cualquier otro de los previstos en el CFDF, respecto de un mismo concepto y gracia (art. sexto)
  • La condonación descrita no otorga a los beneficiarios el derecho a devolución o compensación alguna (art. séptimo)

Vigencia
Del 11 de noviembre al 31 de diciembre del 2014 (art. segundo transitorio).

Fuente: Resolución de carácter general mediante la cual se condona el pago de los derechos y aprovechamientos que se indican (Gaceta Oficial del DF, del 10 de noviembre de 2014).

Seminarios IDC
IDC Asesor Jurídico y Fiscal lo invita a asistir a nuestro próximo seminario: "Llegó la hora de aplicar las reformas" que tendrá lugar el 3 de diciembre de 2014. Esperamos contar con su distinguida presencia. Mayores informes en el teléfono (55) 40403641.
 
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