1995 7ª Modificación a la miscelánea 2014

1995 7ª Modificación a la miscelánea 2014

7ª Modificación a la miscelánea 2014
El SAT dio a conocer en su portal de Internet otro anteproyecto de lo que pretende ser la Séptima Resolución de Modificaciones a la RMISC 2014, cuyas novedades se comenta a continuación.

Títulos valor
Se considerarían títulos valor colocados entre el gran público inversionista, los listados en alguna bolsa de valores constituida en algún mercado de valores del exterior reconocido que pertenezca a Estados que formen parte del Mercado Integrado Latinoamericano, con el que la Bolsa Mexicana de Valores tenga celebrado un acuerdo, si cuenta con la autorización.

Se entendería por valores y mercado reconocido, lo que definan como tales las “Disposiciones de Carácter General aplicables a las Bolsas de Valores”, publicadas en el DOF el 30 de mayo de 2014 (regla I.3.2.12.).

Anexo 3
Se adicionaría este nuevo criterio normativo 26/ISR “Pérdidas por enajenación de acciones. Obligación de las sociedades controladoras de pagar el ISR que se hubiere diferido con motivo de su disminución en la determinación del resultado fiscal consolidado”, apuntando que realizan una práctica fiscal indebida:

  • las sociedades controladoras, cuando al darse alguno de los supuestos de entero del ISR diferido, no reviertan las pérdidas por enajenación de acciones disminuidas en la determinación del resultado o pérdida fiscal consolidada de algún ejercicio anterior
  • los asesores, consejeros o quien preste servicios o participe en la realización o la implementación de la práctica anterior

Seminarios IDC
IDC Asesor Jurídico y Fiscal lo invita a asistir a nuestro próximo seminario: "Llegó la hora de aplicar las reformas" que tendrá lugar el 3 de diciembre de 2014. Esperamos contar con su distinguida presencia. Mayores informes en el teléfono (55) 40403641.

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