2018 Beneficios fiscales para Chiapas, Guerrero y Oaxaca

2018 Beneficios fiscales para Chiapas, Guerrero y Oaxaca

Beneficios fiscales para Chiapas, Guerrero y Oaxaca
El Ejecutivo Federal como consecuencia del rezago productivo en el sector primario en esas entidades, concedió las siguientes facilidades:

  • Se otorga un estímulo fiscal a las personas físicas o morales dedicadas exclusivamente a las actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras, o a la agroindustria, cuyo domicilio fiscal, agencia, sucursal o cualquier otro establecimiento se ubique en los Estados indicados, consistente en una deducción adicional del 25% sobre el monto original de las inversiones realizadas en bienes nuevos de activo fijo (art. primero)
  • Los bienes por los que se aplique la deducción deberán destinarse exclusivamente al desarrollo de las actividades del contribuyente, además de utilizarse exclusiva y permanentemente en Chiapas, Guerrero y Oaxaca
  • El beneficio será aplicable para la determinación del ISR y de los pagos provisionales, sin que en ningún caso exceda al monto de la utilidad gravable o de la base que en su caso se determine antes de aplicarla (art. segundo)
  • En la determinación del coeficiente de utilidad no se considerará la deducción adicional aplicada en el ejercicio inmediato anterior.Sin embargo, la deducción adicional se disminuirá de la utilidad fiscal que corresponda al pago provisional respectivo (art. tercero)
  • Para calcular la PTU no se disminuirá el monto de la deducción adicional efectuada en el ejercicio (art. cuarto)
  • La deducción descrita no es viable si se trata de mobiliario y equipo de oficina, automóviles, equipo de blindaje de automóviles o cualquier bien de activo fijo no identificable individualmente ni tratándose de aviones distintos de los dedicados a la aerofumigación agrícola (art. quinto) 
  • Los beneficios en comento no dan lugar a devolución o compensación alguna (art. sexto)

Vigencia: Del 1o de enero de 2015 al 31 de diciembre de 2018 (art. único transitorio).

Fuente: Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes de los estados de Chiapas, Guerrero y Oaxaca (DOF del 1o de enero de 2015, SHCP).

Seminarios IDC
IDC Asesor Jurídico y Fiscal lo invita a asistir a nuestros próximos seminarios: "2015 con IVA en operaciones de comercio exterior", a celebrarse el 16 de enero de 2015 y "Tratamiento y llenado de los complementos de CFDI", que tendrá lugar el 30 de enero de 2015. Esperamos contar con su distinguida presencia. Mayores informes en el teléfono (55) 40403641.

IDConline en Redes sociales
Entérese de primera mano, de las notas exclusivas para nuestros usuarios.
Síganos en:

https://twitter.com/IDConline
https://www.facebook.com/IDConline

La Editora General