2128 Nueva NOM sobre labores en espacios confinados

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Nueva NOM sobre labores en espacios confinados

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) dio a conocer, en el DOF de este 31 de agosto, la Norma Oficial Mexicana NOM-033-STPS-2015 referente a las condiciones de seguridad para realizar trabajos en espacios confinados.

Objetivo de la NOM

Definir las condiciones de seguridad para proteger la integridad física y mental de los colaboradores que laboren en lugares sin ventilación natural o que ésta sea deficiente, con vías de acceso o salida limitados o restringidos y que no estén diseñados para ser ocupados en forma continua.

Aspectos relevantes de la NOM

Entre las disposiciones relevantes destaca el establecimiento de obligaciones específicas para el patrón y los trabajadores; los requerimientos administrativos para desarrollar las actividades en los espacios confinados; las características de los procedimientos de seguridad disponibles; los elementos que integran los planes de trabajo para que los subordinados desarrollen sus funciones, así como el de atención a emergencias y rescate; las medidas generales de seguridad, y los puntos a observar para proporcionar capacitación en la materia.

Adicionalmente contempla los siguientes rubros de las NOM, mismos que quedan sin efectos:

  • NOM-005-STPS-1998, Relativa a las condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo para el manejo, transporte y almacenamiento de sustancias químicas peligrosas:
    • procedimientos para el rescate en espacios confinados como un elemento del plan de emergencia del programa específico de seguridad e higiene para el manejo, transporte y almacenamiento de sustancias químicas peligrosas (8, inciso g), subinciso 5) , y
    • deberes y requisitos generales respecto de los trabajos en espacios confinados (9.10), y
  • NOM-027-STPS-2008, Actividades de soldadura y corte-Condiciones de seguridad e higiene:
    • procedimientos y controles específicos dentro del programa de actividades de soldadura y corte (9.2), y
    • requisitos de los procedimientos de seguridad para las actividades de soldadura y corte en espacios confinados (10.5)

Vigencia: A partir del 30 de noviembre de 2015. En tanto inicia la vigencia de la NOM los patrones deben cumplir con las disposiciones específicas para realizar trabajos en espacios confinados, previstos en las NOM-005-STPS-1998 o NOM-027-STPS-2008 u optar por acatar las disposiciones de la NOM-033-STPS-2015.

Si se decide operar conforme a la última NOM es necesario informar previamente a la autoridad laboral tal decisión y solicitar una inspección de asesoría y asistencia técnica para instrumentar la aplicación de la misma.

 

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