2180 Reglas de servicios médicos del IMSS para estudiantes

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Reglas de servicios médicos del IMSS para estudiantes

El IMSS dio a conocer en el DOF del 16 de diciembre de 2015 el acuerdo ACDO.SA1.HCT.281015/246.P.DIR por el que fija las reglas del proceso de incorporación al Seguro de Enfermedades y Maternidad del Régimen Obligatorio del Seguro Social (ROSS) de las personas que estén estudiando en el nivel medio superior o superior en instituciones educativas del Estado y que carezcan de la protección del IMSS o cualquier otro organismo de seguridad social, a fin de que gocen de las prestaciones en especie del mismo (asistencia médico quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria).

Deberes de las escuelas

Las instituciones educativas están constreñidas a:

  • registrarse ante el Instituto para que les sea asignado su Número de Registro Patronal (NRP) ordinario en la modalidad 32. El mismo será entregado por nivel o plantel
  • inscribir y dar de baja a los alumnos, cuando obtengan o pierdan dicha calidad, mediante: IMSS desde su empresa (IDSE) dentro de plazos no mayores de cinco días hábiles. El Seguro Social pondrá a su disposición una aplicación para que vía remota soliciten el NRP; hasta que esto suceda el representante de la institución educativa tiene que acudir a la Subdelegación que le corresponda con un  escrito libre firmado autógrafamente y su Firma Electrónica Avanzada (FIEL) para generarlo.

Para ello el interesado debe firmar la carta de términos y condiciones para el uso de la FIEL y considerar que él puede cancelar su aplicación, y

  • llevar un registro de los educandos inscritos en el ROSS conforme a lo que disponga el Decreto y actualizar tal información según la normatividad interna de la institución educativa y los ciclos escolares.

 Los datos que por lo menos debe contener tal documentación son: el nombre completo; el Número de Seguridad Social (NSS) ordinario, y la Clave Única de Registro de Población (CURP)

Información de los alumnos que requiere la escuela

Se requerirá de los estudiantes su NSS ordinario y un escrito en el que manifiesten bajo protesta de decir verdad, que no tienen una protección igual o similar por alguna institución de seguridad social.

Es posible que los educandos tramiten el NSS en el sitio en Internet: www.imss.gob.mx únicamente con su CURP y su dirección de correo electrónico, o bien, se presenten a la Oficina de Afiliación de la Subdelegación del IMSS que corresponda al domicilio de la escuela en la que estén inscritos para solicitarlo.

En caso de que los alumnos cuenten con los beneficios previstos en el Decreto por el que se incorporan al Régimen Obligatorio del Seguro Social, por lo que corresponde a las prestaciones en especie del Seguro de Enfermedades y Maternidad, a las personas que cursen estudios de los tipos medio superior y superior en Instituciones Educativas del Estado y que no cuenten con la misma o similar protección por parte del propio Instituto o cualquier otra institución de seguridad social publicado en el DOF del 14 de septiembre de 1998, la institución respectiva a partir de enero de 2016 tiene que observar las reglas en comento, pasado el primer semestre de ese año sin que se acaten el IMSS dará de baja a la propia escuela y a los estudiantes.

 Los sujetos favorecidos con esta concesión deben sujetarse a los procedimientos administrativos de control y otorgamiento de las prestaciones del Seguro de Enfermedades y Maternidad establecidos por el IMSS.

Vigencia: A partir del 17 de diciembre de 2015.

Fuente: Acuerdo (DOF, IMSS, 16 de diciembre de 2015).

  

Designación de suplentes de servidores públicos del IMSS

El Seguro Social informa los nombres de las personas que suplirán las ausencias de los siguientes funcionarios:

  • Hermilo de la Cruz Yáñez, Director de la Unidad Médica de Alta Especialidad (UMAE): Hospital de Pediatría “Dr. Silvestre Frenk Freund” del Centro Médico Nacional Siglo XXI en el DF, delega facultades al titular de la Jefatura de la División de Asuntos Jurídicos, maestro Saúl Sánchez García, y
  • Francisco Iván Beltrones Burgos, Delegado Regional en Baja California, faculta para sustituirlo en sus funciones al licenciado Quintín Yamil Valenzuela Velarde, Jefe Delegacional de Servicios Administrativos

Para tales efectos se autoriza que los suplentes firmen y despachen la documentación de las unidades, así como las resoluciones de los actos que correspondan a su competencia.

Fuente: Avisos (DOF, IMSS, 16 de diciembre de 2015).

 

Suspensión de labores para el TFCA

El Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje (TFCA) dio a conocer este 15 de diciembre en el DOF el acuerdo mediante el cual comunica a sus funcionarios, litigantes y público en general que se establecieron como días de suspensión de labores en 2016, además de los sábados y domingos, lo señalados a continuación en la inteligencia de que en esos no correrán términos.

  • 1o. de enero
  • 1o. de febrero
  • 21, 23, 24, y 25 de marzo
  • 4 de abril (día del trabajador del TFCA)
  • 5 de mayo
  • 18 al 29 de julio (primer periodo vacacional)
  • 14, 15 y 16 de septiembre
  • 12 de octubre
  • 1o., 2 y 21 de noviembre, y
  • 16 al 30 de diciembre (segundo periodo vacacional)

Fuente: Acuerdo (DOF, TFCA, 15 de diciembre de 2015).

 

Seminarios IDC

IDC Asesor Jurídico y Fiscal lo invita a asistir a nuestro próximo seminario: "Cambios que impactarán su operación en 2016" que se celebrará el 12 de enero de 2016. Esperamos contar con su distinguida presencia. Mayores informes en el teléfono (55) 40403641.

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