2238 Enmiendan disposiciones en materia de operaciones del SAR

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Enmiendan disposiciones en materia de operaciones del SAR

La SHCP dio a conocer en el DOF de este 21 de abril de 2016 ciertas modificaciones a las disposiciones de carácter general en materia de operaciones de los Sistemas de Ahorro para el Retiro (SAR), las cuales entrarán en vigor, en lo general, el próximo 16 de julio.

 Dentro de los aspectos que se adecuaron destacan los siguientes:

  • específica el tipo de información que las Empresas Operadoras (EO) deben proporcionar a las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afore) y los trabajadores vía telefónica (art. 8o.)
  • las EO son las responsables de:
    • desarrollar, administrar y operar un portal de Internet, en donde los trabajadores puedan realizar: las pre-solicitudes para el registro de su cuenta individual en la Afore de su elección y de domiciliación para el depósito de aportaciones de ahorro voluntario; el requerimiento automático de registro, y la impresión de la constancia para el registro o traspaso (art. 9o.)
    • enviar en tiempo real a las Afore el resultado de la validación de las pre-solicitudes y solicitudes señaladas (art. 9o., último párrafo), y
    • establecer los criterios de seguridad para que los trabajadores accedan  al portal de Internet del SAR (art. 138, segundo párrafo)
  • el envío al trabajador de la constancia o contraseña para obtener el registro o traspaso debe enviarse al teléfono celular o al domicilio indicado en la solicitud respectiva (art. 136, fracc. IV)
  • las Afore:
    • deben:
      • aperturar las cuentas individuales de los trabajadores a más tardar dos días hábiles posteriores al envío de los resultados de las certificaciones del proceso de registro y traspaso
      • elaborar y poner a disposición de los trabajadores las solicitudes de traspaso, a través de los medios electrónicos que defina, las cuales deben contener los folios de estado de cuenta y de la constancia para traspaso o el que lo sustituya y que sea generado por las EO mediante la aplicación informática móvil con factor de autenticación categoría 3 (art. 173, fraccs. III y IV), e
      • informar a los trabajadores que, para continuar con el trámite de traspaso tienen que presentar la constancia sobre las implicaciones del traspaso emitida por la Afore transferente, en la que conste que conoce y está consciente de las implicaciones del traspaso de su cuenta individual a otra administradora, cuando la cuenta individual sea de trabajadores que tienen el derecho de elegir el régimen pensionario establecido al amparo de la Ley de Seguro Social 73 (art. 177), y
    •  que opten por el uso de la aplicación informática móvil con factor de autenticación categoría 3 podrán omitir los trámites:
      • “Solicitud de constancia para Registro” y la “Obtención de la constancia de Registro” (art. 148, último párrafo), y
      • “Solicitud de Constancia para Traspaso”, la obtención de la constancia para traspaso, el folio del estado de cuenta y la imagen digitalizada de la misma, así como el folio de certificado para traspaso (art. 168, último párrafo)
  • las solicitudes de registro vía electrónica deben tener el folio de la constancia para registro o el que lo sustituya, además de ser generado por las EO mediante la aplicación informática móvil con el factor de autenticación categoría 3 (art. 150, fracc. III)
  • para tramitar una solicitud de traspaso ante las EO, las Afore receptoras deben obtener del trabajador el original para su cotejo y la imagen digitalizada del estado de cuenta con el “Folio de Estado de Cuenta” (se suprime la autenticación de la identidad a través de la aplicación informática móvil con factor de autenticación categoría 3) -art. 168, fracc. V-
  • las EO deben enviar en línea y tiempo real a aquellas las pre-solicitudes de domiciliación de los trabajadores que tengan registrados y el estado de las mismas (art. 342), y
  • adiciona la solicitud automática de registro por Internet para los trabajadores que no estén dados de alta en una Afore, así como sus requisitos (149 bis)

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