2315 Cambios a CFF 2017 y descansos de Afore 2017

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Cambios a  CFF 2017

En el DOF de este 30 de noviembre se publicó Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la LISR, de la LIVA, del CFF y de la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos, conocida en el medio como “miscelánea fiscal para 2017”.

Por la relevancia que tiene este documento para el sector empresarial,  como complemento del Infoflash 2314, a continuación el detalle de  los aspectos más destacados del CFF:

  • Los particulares que acuerden el uso de su e.firma como medio de autentificación o firmado de documentos digitales, podrán solicitar al SAT que les preste el servicio de verificación y autentificación de los certificados de tales firmas. A través de reglas de RMISC se señalarán los requisitos a cumplir para otorgar tal servicio
  • La cancelación de CFDI solo podrá llevarse a cabo cuando la persona a favor de quién se expidió acepte tal cancelación. El SAT regulará a través de reglas de RMISC la forma de manifestar tal aceptación
  • En revisiones electrónicas, se especifican los plazos que deberán considerarse en el procedimiento a seguir, cuando la autoridad, una vez recibidas y analizadas las pruebas, identifique los elementos adicionales que deban ser verificados, así como los plazos para la emisión de la resolución
  • El procedimiento de acuerdo conclusivo también suspende los plazos consagrados en el desarrollo de las visitas electrónicas
  • Se consideran infracciones relacionadas con el pago de contribuciones, presentación de declaraciones e información las siguientes:
    • si la donataria al momento de su liquidación no destina la totalidad de su patrimonio a entidades autorizadas para recibir donativos: se sancionará con una multa de 140 mil 540 a 200 mil 090 pesos 
    • en el caso de liquidación de la donataria, esta no proporcione la información o lo haga de manera incompleta sobre las entidades autorizadas que recibirán su patrimonio, sancionándose con una multa de 80 mil a 100 mil pesos
    • no cumplir:
      • las especificaciones tecnológicas del artículo 29-A, fracción IV, del CFF, al enviar los  CFDI´s al SAT: se impondrá una multa de uno a cinco pesos por cada CFDI
      • la obligación de mantener a disposición del público en general la información relativa a la autorización para recibir donativos, al uso y destino que se hubiese dado a los donativos recibidos: se sancionará con una multa de 80 mil a 100 mil pesos

 

Días no laborables de las Afore para el 2017

La SHCP dio a conocer en el DOF de este 30 de noviembre, los días inhábiles para el 2017 para las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afore), Instituciones Públicas que realicen funciones similares, Sociedades de Inversión Especializadas de Fondos para el Retiro (Siefore) y Empresas Operadoras de la Base de Datos Nacional SAR.

Días inhábiles

Se establecen como días inhábiles los sábados y domingos; el 6 de febrero; el 20 de marzo; el 13 y 14 de abril; el 1o. de mayo; el 20 de noviembre; el 25 de diciembre; además de aquellos en los que el sistema financiero deba suspender operaciones por así señalarlo alguna otra autoridad competente y cuando lo considere necesario la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar).

No obstante estas instituciones pueden presentar ante la Consar un calendario de días de suspensión de funciones adicionales a los señalados a más tardar el 31 de enero de 2017.

 Por su parte la Consar no laborará los sábados y domingos y el 6 de febrero; el 20 de marzo, el 13 y 14 de abril, el 1o. de mayo; el 5 de mayo; el 2 de noviembre; el 20 de noviembre y el 25 de diciembre.

Excepciones

Las organizaciones señaladas, salvo la Consar, deben mantener su funcionamiento y operación de los servicios en línea que consulten las instituciones de seguridad social cuando sean laborables para estas últimas.

También deberán a abrir sus puertas y continuar con sus operaciones cuando así lo requiera la Consar para efectos de ejercer sus facultades de inspección.

Términos

Únicamente en los días establecidos como inhábiles para el 2017 no correrán términos para la interposición y resolución de los recursos administrativos relativos a la impugnación de las sanciones pecuniarias interpuestas por la Consar.

  

Seminarios 

IDC Asesor Jurídico y Fiscal lo invita a asistir a nuestro próximo seminario  "Puntos fiscales clave en la planeación 2017" que se celebrará el  8 de diciembre de 2016, repectivamente.

Esperamos contar con su distinguida presencia. Mayores informes en el teléfono (55) 40403641.

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