ESTIMADO LECTOR:
Nos complace informarte que tu suscripción está disponible también en smartphone y tablet para descargar sin costo extra, directamente desde App Store, Google Play y Amazon Store.
Exentan del pago del IGI a productos agroalimentarios
Decreto por el que se establece el arancel-cupo a la importación de las mercancías que se indican
La Secretaría de Economía (SE) publicó en el DOF del 20 de enero de 2017 el Decreto por el que se establece el arancel-cupo exento para la importación de jitomate, chile fresco, manzana, papa y cebolla, el cual entra en vigor a partir del 21 de enero de 2017.
Los bienes objeto de cupo son los identificados en la siguiente tabla:
Mercancía | Fracción arancelaria |
Papa | 0701.90.99 |
Jitomate | 0702.00.99 |
Cebollas | 0703.10.01 |
Chile (fresco) | 0709.60.99 |
Manzanas | 0808.10.01 |
Chile (seco) "ancho" o "anaheim" | 0904.21.01 0904.21.99, 0904.22.01 y 0904.22.99 |
Los interesados en el cupo deben solicitar el certificado de cupo ante la SE.
IDConline en Redes sociales
Entérese de primera mano, de las notas exclusivas para nuestros usuarios.
Síganos en:
https://twitter.com/IDConline
https://www.facebook.com/IDConline
https://plus.google.com/+IdconlineMx1
https://www.linkedin.com/company/idc-online?trk=rr_brands_carousel_name
https://www.instagram.com/idconline/
La Editora General