2424 Trato preferencial a textiles: Decisión No. 89: TLC con Colombia

Se otorga por el período del 2 de agosto al 13 de octubre de 2017

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Nos complace informarte que tu suscripción está disponible también en smartphone y tablet para descargar sin costo extra, directamente desde App Store, Google Play y Amazon Store.La SHCP dio a conocer en el DOF de este 31 de julio el decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Reglamento Interior del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores en Materia de Facultades como Organismo Fiscal Autónomo. A continuación se dan a conocer los cambios más relevantes.

Trato preferencial a textiles: Decisión No. 89: TLC con Colombia

Se otorga por el período del 2 de agosto al 13 de octubre de 2017, un incremento en el monto para un insumo de la dispensa temporal adoptada por la Comisión Administradora del Tratado de Libre Comercio celebrado con Colombia en el numeral 4 de la Decisión No. 84, mediante la cual México aplicará el arancel de importación correspondiente a los bienes originarios previstos en su calendario de desgravación relativo, a:

· ciertos bienes textiles clasificados en las subpartidas: 5804.21, 6002.40, 6003.30, 6004.10, 6005.31, 6005.32, 6107.12, 6108.22, 6109.90, 6212.10, 6212.20, 6212.30 y 6305.39 elaborados totalmente en Colombia utilizando el material producido u obtenido fuera de la zona de libre comercio, cuya descripción y clasificación sean de los identificados en dicha Decisión; y que cumplan con los demás requisitos establecidos en la regla de origen correspondiente, así como con las demás condiciones aplicables para el trato arancelario preferencial

Los bienes se sujetarán a verificación y certificación del origen en términos del Tratado.

Para que esos bienes se beneficien de la dispensa, el certificado de origen debe amparar solo productos clasificados en una misma subpartida (a nivel de seis dígitos). Por ello, si un exportador envía productos clasificados en diferentes subpartidas, se llenará un certificado para cada una.

México podrá solicitar a Colombia, en cualquier momento, información que permita comprobar la utilización de la dispensa.