2427 Nuevo sistema para declaración de cumplimiento de deberes laborales

La referida plataforma se pone a disposición del empresariado como parte de los mecanismos alternos de inspección que la STPS está facultada para crea

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Nos complace informarte que tu suscripción está disponible también en smartphone y tablet para descargar sin costo extra, directamente desde App Store, Google Play y Amazon Store.La SHCP dio a conocer en el DOF de este 31 de julio el decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Reglamento Interior del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores en Materia de Facultades como Organismo Fiscal Autónomo. A continuación se dan a conocer los cambios más relevantes.

Nuevo sistema para declaración de cumplimiento de deberes laborales

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) dio a conocer en el DOF de este 1o. de agosto el acuerdo por medio del cual crea el sistema para que los patrones voluntariamente declaren a la autoridad laboral, bajo protesta de decir verdad, el nivel de cumplimiento de las condiciones generales de trabajo, capacitación y adiestramiento y seguridad y salud que prevalecen en los establecimientos en donde cuenten con trabajadores.

La referida plataforma se pone a disposición del empresariado como parte de los mecanismos alternos de inspección que la STPS está facultada para crear, con el propósito de que aquellos informen y prueben que se actualizan las obligaciones derivadas de la LFT y sus Reglamentos de manera sencilla, transparente y gratuita e incentivar que observen el marco legal en beneficio propio y de su personal (arts. 2o. fracc. VI; 46, y 47, Reglamento General de Inspección del Trabajo y Aplicación de Sanciones (RGITAS).

Administración y acceso al sistema

Corresponde a la Dirección General de Inspección Federal del Trabajo (DGIFT) perteneciente a la STPS, quien se coordinará con la Unidad de Delegaciones Federales del Trabajo. Para ello permitirá la entrada al sistema en el sitio: http://cumplilab.stps.gob.mx/ y conforme a los lineamientos de operación y funcionamiento del sistema. Estos últimos deben expedirse  a más tardar el 30 de septiembre de 2017.

Componentes y efectos

Se integra por tres rubros: condiciones generales de trabajo; capacitación y adiestramiento, y seguridad y salud.

Una vez que los patrones incorporen sus datos la herramienta determinará el nivel de cumplimiento y emitirá el acuse respectivo; esto podrá ser corroborado por la DGIFT, las Delegaciones, las Subdelegaciones o las Oficinas Federales del Trabajo a través de un procedimiento inspectivo. Estas deberán conducirse en términos de los lineamientos específicos del sistema.

Las compañías que obtengan el acuse estarán exentas de la realización de visitas de inspección ordinarias iniciales y periódicas, por el lapso de un año contado a partir de la fecha de expedición de aquel (art. 27, fraccs. I y II, RGITAS).

En los módulos de seguridad y salud y capacitación es viable concentrar a todos los centros de trabajo existentes en territorio nacional. En cuanto al acuse relativo al apartado de las condiciones laborales, este únicamente se reconocerá para las ramas económicas; industriales y negociaciones relativas a la materia federal (arts. 527, fraccs. I y II, LFT).

En el supuesto que los niveles de sujeción a la reglamentación estén dentro de los más altos, es posible que se les conceda un reconocimiento por escrito, previa constatación de lo manifestado por parte de las oficinas encargadas de este tema.

Consecuencias por brindar información falsa

Si las empresas proporcionan datos en este sentido o con dolo y mala fe, de ser detectadas por la autoridad competente serán objeto de inspecciones extraordinarias y se harán del conocimiento de las autoridades competentes para los efectos legales conducentes.

Vigencia

Estará vigente a partir del 2 de agosto de 2017. Con la entrada en vigor del acuerdo quedan sin efectos el similar que se implementó el sistema para declarar las condiciones de seguridad y salud que prevalecen en los centros de trabajo, publicado en el DOF el 30 de abril de 2013 y el diverso que fijó los lineamientos de operación y funcionamiento difundido en el mismo medio oficial el 3 de julio de 2013.

Los acuses emitidos de conformidad con el esquema relativo a las medida de seguridad y salud que estén  vigentes, serán válidos hasta la fecha de su vencimiento; asimismo, los cuestionarios contestados en este mismo contexto, que no se hayan concluido y se encuentren en curso, se tendrá un plazo máximo de 60 días naturales contados a partir de la fecha en que aceptó los términos de uso en ese sistema, para obtener el acuse correspondiente, siempre y cuando dicha aprobación se hubiese efectuado antes de la fecha de publicación del nuevo acuerdo.