2441 Permiso previo para hidrocarburos y petrolíferos

Detalles de lo dado a conocer en el Diario Oficial de la Federación

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Permiso previo para hidrocarburos y petrolíferos

La Secretaría de Economía publicó en el DOF del 8 de septiembre de 2017 la reforma al Acuerdo por el que se establece la clasificación y codificación de hidrocarburos y petrolíferos cuya importación y exportación está sujeta a permiso previo por parte de la Secretaría de Energía, en vigor a partir del 9 de septiembre de dicho año.

La modificación fue para extender la obligación de presentar dicho permiso, no solo por quienes importen definitiva o temporalmente esos bienes energéticos, sino también bajo los regímenes aduaneros de depósito fiscal; elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado y, de recinto fiscalizado estratégico.

El permiso previo de importación, con el cual se acredita el cumplimiento de dicha regulación no arancelaria para el despacho de esa mercancía se tramita ante la Secretaría de Energía, ya sea por la ventanilla digital o en las oficinas centrales de dicha dependencia.

Las solicitudes del permiso se resolverán en un plazo de 12 días hábiles, contado a partir del día siguiente a la fecha de su presentación, sin importar cual sea el medio por el que se haya gestionado.