2477 Diferimiento del CFDI 3.3

La autoridad da a conocer las fechas en las que se deberá cumplir con obligaciones de esa versión

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Diferimiento del CFDI 3.3.

El SAT en su portal dio a conocer otro cambio al Anteproyecto de la Sexta Resolución de Modificaciones a la RMISC 2017. Este documento respecto de los anteriores contempla el diferimiento para emitir el CFDI en la versión 3.3., esto en vigor desde el 23 de noviembre de 2017 (art. segundo, fracc. II, transitorio).

En ese tenor, se estará a lo siguiente: 

Concepto

Fecha para iniciar el cumplimiento

CFDI versión 3.3

1o. de enero de 2018 (art. quinto, numeral cuarto)

Complemento para recepción de pagos

1o. de abril de 2018 (art. quinto, numeral quinto, segundo párrafo)

Cancelación del CFDI con aprobación del receptor o sin ella

1o. de julio de 2018 (art. cuarto)

Los pagadores de impuestos podrán optar por expedir los CFDI’s usando la versión 3.3. del Anexo 20 sin incorporar el complemento para recepción de pagos durante el periodo comprendido del 1o. de julio de 2017 al 31 de marzo de 2018.

Convivencia de ambas versiones

Es factible emitir los CFDI’s ya sea, en la versión 3.2 o 3.3. durante el periodo del 1o. de julio al 31 de diciembre de 2017 (art. quinto).

Improcedencia de multa

Si los contribuyentes registran en el CFDI una clave de unidad de medida, de producto o un servicio que no corresponda con los productos o servicios o con la unidad de medida facturados, hasta el 30 de junio de 2018, no se considerará como infracción, si se describe de manera correcta el citado producto, servicio o la unidad de medida en los campos “Descripción”, “Cantidad” y “Unidad” del CFDI.

Ahora bien, si la autoridad detecta en alguna solicitud de devolución o en el ejercicio de facultades de comprobación, que existe discrepancia entre la clave de unidad de medida, clave de producto o servicio con la descripción señalada en los campos “Descripción”, “Cantidad” y “Unidad” del CFDI, prevalecerá la señalada en estos últimos campos (art. tercero transitorio).

Catálogos

Los catálogos fueron modificados el 22 de noviembre de 2017, “mexicanizando” algunos conceptos, por lo que se sugiere revisar los conceptos para el correcto llenado del CFDI.