2488 Nuevos lineamientos para obtener nivel de cumplimiento

Detalles de lo dado a conocer por la autoridad en el Diario Oficial de la Federación

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Nuevos lineamientos para obtener nivel de cumplimiento


La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) dio a conocer en el DOF de este 12 de diciembre los  lineamientos para fijar los procedimientos y criterios relativos a la operación del sistema para informar a la autoridad del trabajo el nivel de cumplimiento de las condiciones generales de trabajo, capacitación y adiestramiento y seguridad y salud, referidos en el  acuerdo del 1o. de agosto de 2017.
 
La herramienta electrónica aludida está en el sitio en la  webhttp://cumplilab.stps.gob.mx/ y es de uso voluntario. Existe como uno de los mecanismos alternos de inspección que la STPS creó con la finalidad de brindar apoyo a los patrones (arts. 2o. fracc. VI; 46, y 47, Reglamento General de Inspección del Trabajo y Aplicación de Sanciones (RGITAS).
 
Dentro del mismo existen los módulos clasificados como:  Condiciones Generales de TrabajoCapacitación y Adiestramiento, y  Seguridad y Salud; conformados por los cuestionarios que los interesados responderán para hacerse acreedores del reconocimiento de la STPS.
 
En cuanto al ámbito de aplicación lo relativo a las materias de higiene y formación todos los empleadores dentro del territorio nacional pueden incorporarse; lo tocante a las condiciones generales de trabajo, el acuse obtenido solo será reconocido por la STPS si el centro de trabajo resulta de su competencia según el numeral 527 de la LFT.
 
Propósitos del sistema
  • Presentar las disposiciones en materia laboral aplicable a los centros de trabajo usuarios vinculada a la información que ellos provean
  • comunicar a la autoridad del trabajo el grado de cumplimiento de los deberes patronales
  • establecer los plazos o las fechas de cumplimiento de las reglas laborales o las propuestas por los empleadores
  • ser un medio a través del cual la STPS brinde asesoría y asistencia técnica para elevar el nivel de actualización de las directrices aplicables a los establecimientos laborales, e
  • impulsar la mejora continua de observación de la legislación de la materia por medio de acciones preventivas o correctivas

 Administración y operación
Estará a cargo de la Dirección General de Inspección Federal del Trabajo de la STPS en coordinación con la Unidad de Delegaciones Federales del Trabajo; en tanto que la asistencia técnica la realizará la Dirección General de Tecnologías de la Información perteneciente a la Secretaría.
 
Para la utilización del sistema es indispensable contar con una clave y contraseña generada en el portal de Internet de servicios electrónicos de la STPS; para llevar a cabo el registro se puede consultar la guía visible en la dirección digital: http://psedeclab.stps.gob.mx/PortalServiciosElec_DecLab_Prod/Login/Login.aspx.
 
Consecuencias de ocupar la plataforma

  • Obtención de un acuse que es el documento mediante el cual la STPS avala la conclusión del llenado de los módulos
  • determinación en el acuse del porcentaje de cumplimiento a partir de los datos registrados por los patrones, valorados en una escala numérica de 0 a 100. Se prevén cuatro grados: I, de 0 hasta 25; II, de 25 hasta 50; III, de 50 hasta 75, y IV, de 75 hasta 100
  • acceso de incentivos, que dependiendo de la clasificación citada pueden ser desde recibir una visita de asesoría y asistencia técnica hasta solicitar por escrito a la STPS que expida un reconocimiento por escrito, para ello es necesario someterse a una visita de verificación. Asimismo, no se allegarán de estos alicientes si: lo solicitan por escrito; no comuniquen cambios de la empresa tales como: el nombre, alguna fusión o variación a los procesos productivos; terminen sus actividades; no cumplan con el programa de prevención y corrección; tengan un procedimiento sancionador abierto; la autoridad detecte que indicaron información falsa, y si la STPS conoce de la ocurrencia de un accidente, y
  • exención patronal de ser objeto de visitas de inspección ordinarios por el lapso de un año, contado a partir de la emisión del acuse, según el módulo correspondiente. El beneficio procederá si el documento aludido se generó antes de que el verificado reciba la notificación de la diligencia respectiva, entre otros

Vigencia: A partir del 13 de diciembre.