El SAT dio a conocer en el DOF del 20 de abril de 2018 la Primera reforma a las Reglas Generales de Comercio Exterior –RGCE– 2018, mediante la cual:
- prorroga hasta el 2 de enero de 2019 la obligación de presentar los elementos anexos a la manifestación de valor, que estaba programada para el 2 de julio de este año (regla 1.5.4.)
- establece:
- los requisitos a cumplir por los particulares autorizados para fabricar o importar candados oficiales o electrónicos; así como disponer que los términos de la contraprestación derivada del empleo de los candados electrónicos podrán ser convenidos por las personas autorizadas y quienes los utilicen (regla 1.7.4.)
- cómo estará integrado el Consejo de Clasificación Arancelaria que emitirá los dictámenes técnicos respecto a la correcta clasificación arancelaria que podrán servir para resolver las consultas en esta materia. Las resoluciones se publicarán como criterios en el Anexo 6 de dichas reglas (reglas 1.11.1. y 1.11.3.), y
- los identificadores a considerar en los pedimentos que amparen mercancías que ingresen al país con trato preferencial (regla 3.1.37.)
- da a conocer el mecanismo que se llevó a cabo para actualizar las cantidades y multas en materia aduanera (1.1.7.)
- permite a:
- las personas físicas o morales, solicitar la emisión de resoluciones anticipadas en materia de origen, con anterioridad a la importación y exportación de mercancías al amparo de tratados de libre comercio y acuerdos comerciales (regla 1.2.9.)
- los contribuyentes, rectificar los pedimentos en acuerdos conclusivos, por datos inexactos (regla 6.1.3.), y
- quienes hayan perdido su registro en el esquema de certificación de empresas, modalidad del IVA e IESPS, descargar el saldo pendiente en el Sistema de control de cuentas de créditos y garantías, a un nuevo registro en ese mismo esquema y modalidad ( regla 7.2.11.)
- otorga beneficios a quienes utilicen, importen y exporten mercancías bajo el régimen de tránsito interno con el uso de candados electrónicos (regla 4.6.26.)
- prevé que la Administración General de Auditoría de Comercio Exterior podrá:
- hacer requerimientos a los solicitantes del registro en el esquema de certificación de empresas, modalidad IVA e IESPS, rubros A, AA y AAA, cuando detecte que los proveedores de estos se encuentran en el listado de empresas publicadas por el SAT en términos del artículo 69-B, tercer párrafo del CFF (regla 7.2.2.), e
- iniciar el proceso de cancelación del citado registro en las modalidades de IVA e IESPS y Socio Comercial Certificado, a los que presenten o declaren documentación o información falsa, alterada o con datos falsos en cualquier procedimiento o trámite relacionado con este registro o al realizar operaciones de comercio exterior (regla 7.2.4.)
La resolución entrará en vigor a partir del 21 de abril de 2018, salvo los casos indicados al efecto.