2581 Más facilidades a las asociaciones religiosas

Detalles de lo dado a conocer por la autoridad fiscal en su página oficial

El SAT actualizó el régimen fiscal aplicable a las asociaciones religiosas (AR) para el ejercicio fiscal 2018, a través del oficio 600-01-02-2018-9227 del 29 de mayo de 2018, con lo cual se deja sin efectos a su similar 600-01-02-2017-55124 del 22 de diciembre de 2017.

El cambio sustancial de este documento es el incremento en los siguientes montos, los cuales estarán vigentes del 1o. de enero al 31 de diciembre de 2018, de conformidad con el artículo 36-Bis del CFF:

Concepto

Actual

(oficio 9927)

Anterior

(oficio 55124)

Ingresos exentos para ministros de culto registrados ante SEGOB, así como para quienes ejerzan funciones de dirección, representación u organización en las AR’s

Cinco veces valor diario de la UMA elevado al periodo de pago

Tres veces valor diario de la UMA elevado al periodo de pago

Monto máximo para deducir gastos que no cuenten con un CFDI

$5,000.00

$3,001.00