2602 IMPI cambia costos de trámites

Detalles de lo publicado en el Diario Oficial de la Federación por esta autoridad

Se publicaron en el DOF de este 7 de agosto los siguiente acuerdos, el que:

  • modifica el diverso por el que se dan a conocer las tarifas para los servicios que presta el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI), que versa sobre:
    • realizar un descuento del 10% cuando los servicios que presta el IMPI se realicen a través del Sistema de Marca en Línea; este quedará incluido en la presentación en ventanilla de una solicitud de registro de marca por un signo holográfico, sonido, olor, pluralidad de elementos operativos o de imagen o la combinación de estos
    • reforma el artículo 14 del acuerdo 22/2018/2a.ext para que las tarifas queden como sigue:

Por los servicios que presta el Instituto en materia de marcas, avisos y nombres comerciales, se pagarán las siguientes tarifas:

 

Descripción

Costo

14 a

Por el estudio de una solicitud nacional para el registro de una marca, aviso comercial o nombre comercial hasta la conclusión del trámite o, en su caso, la expedición del título

$2,695.18

14 b

Por el estudio de la oposición a una solicitud de registro de marca, aviso o nombre comercial, por cada uno

3,704.09

14 c

Por la renovación de un registro de marca, aviso comercial o nombre comercial nacional, por cada clase

2,597.77

14 d

Por la declaración de uso de marca

985.67

14 e

Por el estudio de la solicitud de la estimación o declaración de marca notoriamente conocida

2,599.22

14 f

Por el estudio de la solicitud de la estimación o declaración de marca famosa

2,521.09

14 g

Por la emisión de la declaración de marca notoriamente conocida, por cada clase en la que se reconoce

975.34

14 h

Por la emisión de la declaración de marca famosa

45,873.28

14 i

Por la actualización de una declaración de marca notoriamente conocida, por cada clase en la que se reconozca la notoriedad

1,234.31

14 j

Por la actualización de una declaración de marca famosa

44,567.37


    • deroga el párrafo segundo del dispositivo 1, inciso c y el precepto 6 del mencionado acuerdo, en virtud de que el recurso de reconsideración en materia de patentes quedó derogado por la reforma a la Ley Federal de Procedimiento Administrativo publicada el 19 de abril del 2000, y

  • cambia el diverso para establecer los lineamientos para el uso del portal de Pagos y Servicios Electrónicos (PASE) del IMPI, cuyos cambios son:
    • modificaron el título del acuerdo para quedar como Acuerdo por el que se establecen lineamientos en materia de servicios electrónicos del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, en los trámites que se indican
    • indicaron como finalidades del acuerdo: las reglas para práctica de notificaciones serán a través del PASE y las formalidades para el uso de firma electrónica avanzada (reforma, art. 1, fraccs. II y III)
    • agregaron como finalidad del acuerdo, las características y especificaciones mínimas sobre el contenido de la gaceta de la propiedad industrial y que el PASE estará disponible a través de esta la dirección (adición, art. 1, fracc. IV y párrafo segundo)
    • ahora los trámites de marcas podrán acompañar la solicitud con el formato GIF como ejemplares (reforma, art. 8o.)
    • cambiaron los textos de los trámites con homoclave IMPI-01-001 y IMPI-01-002 para agregar el concepto de marca de la Ley de Propiedad Industrial (LPI) (reforma, art. 20), y
    • se agrega todo un capítulo para la gaceta, sus publicaciones y notificaciones, así como su contenido (adición, arts. 46 al 55)

La finalidad, en general, de ambos acuerdos es incentivar la presentación de solicitudes, a través de medios electrónicos, es decir vía el PASE y el Sistema de Marca en Línea; y derivan de la reforma del 18 de mayo de 2018 que se realizó a la Ley de Propiedad Industrial.

Ambos entrarán en vigor el 10 de agosto de 2018.