La Secretaría de Economía (SE) publicó en el DOF del 10 de octubre de 2018 la lista de las empresas a las que se les canceló definitivamente –desde el 1o. de septiembre de 2018– el programa IMMEX por no: haber presentado el reporte anual de operaciones de comercio exterior 2017; contar con el Certificado e-firma; tener el RFC activo, ni los domicilios fiscal y en donde realizan las operaciones IMMEX inscritos y activos en el RFC.
Quienes estén en dicho listado tienen que cambiar de régimen o retornar al extranjero los bienes y activos fijos importados temporalmente, para lo cual tienen un plazo de 60 días naturales siguientes a la fecha de la notificación de la cancelación del IMMEX.