2641 Más atribuciones para Unidades Administrativas del SAT

Detalles de lo dado a conocer en el Diario Oficial de la Federación por la autoridad competente

El 22 de octubre de 2018 se publicó en el DOF el Acuerdo mediante el cual se delegan diversas atribuciones a los servidores públicos de las Administraciones Generales de Auditoría Fiscal Federal, de Auditoría de Comercio Exterior, de Grandes Contribuyentes y de Hidrocarburos del SAT. En vigor a partir del 1o. noviembre de 2018.

Las nuevas facultades son:

  • llevar a cabo todos los actos y procedimientos de presunción de transmisión indebida de pérdidas fiscales
  • ordenar y practicar visitas domiciliarias a los contribuyentes, a fin de verificar el:
    • cumplimiento de las obligaciones fiscales relativas a la operación de las máquinas, sistemas, registros electrónicos y de controles volumétricos, que estén obligados a llevar conforme lo establecen las disposiciones fiscales
    • número de operaciones que deban ser registradas como ingresos y, en su caso, el valor de los actos o actividades, el monto de cada una de ellas, así como la fecha y hora en que se realizaron, durante el periodo de tiempo que dure la verificación, y
  • realizar las acciones necesarias para auxiliarse de terceros que presten servicios para la toma de muestras o para el análisis, identificación o cuantificación de bienes o mercancías de difícil identificación o manejo, conforme al procedimiento establecido en el artículo 53-D del CFF

Los servidores públicos que ostentarán dichas atribuciones son:

  • Administrador General de Auditoría Fiscal Federal, administradores centrales de Operación de la Fiscalización Nacional, de Análisis Técnico Fiscal, de Planeación y Programación de Auditoría Fiscal Federal, de Verificación y Evaluación de Entidades Federativas en Materia de Coordinación Fiscal, de Fiscalización Estratégica, de Devoluciones y Compensaciones; así como en los coordinadores, administradores y subadministradores que de ellos dependan, y los administradores y subadministradores desconcentrados de Auditoría Fiscal Federal
  • Administrador General de Grandes Contribuyentes; administradores centrales de Fiscalización al Sector Financiero, de Fiscalización a Grupos de Sociedades, de Fiscalización a Grandes Contribuyentes Diversos, de Fiscalización Internacional, de Fiscalización de Precios de Transferencia; y administradores y subadministradores que de ellos dependan, respecto de las entidades y sujetos comprendidos en el Apartado B del artículo 28 del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, así como de las personas morales integradas e integradoras del Régimen Opcional para Grupos de Sociedades; y de las sociedades controladas y controladoras del Régimen de Consolidación fiscal a que se refiere el Capítulo VI del Título II de la LISR vigente hasta el 31 de diciembre de 2013, y
  • Administrador General de Hidrocarburos; administradores centrales de Verificación de Hidrocarburos y de Fiscalización de Hidrocarburos, así como administradores y subadministradores que de ellos dependan, respecto de los sujetos y entidades comprendidos en el apartado B del artículo 30 del RISAT, sujetos y entidades comprendidos en el Acuerdo mediante el cual se delegan diversas atribuciones a los servidores públicos de la Administración General de Hidrocarburos del SAT, del 14 de marzo de 2018

Por su parte, el Administrador General de Hidrocarburos, Administrador Central de Apoyo Jurídico y Normatividad de Hidrocarburos, así como en los administradores y subadministradores de Apoyo Jurídico y Normatividad de Hidrocarburos que de él dependan, resolverán las solicitudes de autorización referidas en el artículo 28, fracción I, apartado B del CFF, así como amonestar, revocar, dejar sin efectos, renovar o dar a conocer la pérdida de la vigencia de dichas autorizaciones.

Los servidores públicos del SAT podrán seguir ejerciendo las facultades que les correspondan según Reglamento Interior de dicho órgano, a los Acuerdos del 23 de junio de 2016, 5 de septiembre de 2017; 8 de noviembre de 2017, 14 de marzo de 2018, 11 de abril de 2018, y 30 de abril de 2018, sin perjuicio de las facultades que se delegan en términos descritos.