2667 Sorpresas de la LIF 2019

Detalles de lo contenido en el paquete económico que está en análisis en la Cámara de Diputados


El 15 de diciembre de 2019 el ejecutivo federal presentó al Congreso de la Unión el paquete económico 2019, que contempla los Criterios Generales de Política Económica, el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) y la Iniciativa de la LIF 2019.

A continuación, se puntualizan las novedades que en materia tributaria contiene la LIF 2019:

  • ingresos tributarios estimados por obtener 3,287,605.4 billones de pesos
  • se estima un incremento en la recaudación de impuestos entre un 10 y 11 %
  • se elimina la compensación universal entre impuestos de distinta naturaleza y la de saldos a favor contra impuestos retenidos
  • la tasa de retención anual del ISR por intereses pagados por bancos se pretende incrementar al 1.04 %, en lugar del 0.46 %
  • no se crean nuevos impuestos ni existe incremento de los ya existentes
  • se prevé una tasa del 20 % para el ISR y del 8 % para el IVA, respectivamente, en la frontera norte del país vía los criterios de política económica
  • no se incluye ningún programa de amnistía fiscal
  • el estímulo fiscal para cinematografía no podrá aplicarse en forma conjunta con otros beneficios fiscales
  • se mantiene la tasa de recargos de 1.47 % en el caso de mora y de 0.98 % en el caso prórroga
  • se incluye un esquema de facilidades (auto regularización) para los sujetos obligados que realicen las actividades vulnerables de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI) y que no estén al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones por el periodo del 1o. de julio de 2013 al 31 de diciembre de 2018, quienes podrán implementar programas de auto regularización y así evitar sanciones.
    El SAT deberá autorizar dicho programa con base en las reglas de carácter general que deberá emitir y publicar en el DOF en los primeros meses del año. Los sujetos obligados tendrán que estar al corriente de sus obligaciones de 2019 para poder llevar a cabo el programa

¿Qué se conserva?

  • deducción adicional por la:
    • donación de bienes básicos para la alimentación y la salud, y
    • contratación de personas con discapacidad motriz
  • disminución de la PTU pagada en la determinación de los pagos provisionales del ISR anual
  • acreditamiento del IESPS causado por la adquisición de combustibles
  • acreditamiento del pago de cuotas de peaje para transporte terrestre público y privado de carga, turístico y de pasaje
  • beneficio para los contribuyentes del régimen de incorporación que realicen operaciones con público en general
  • estímulo fiscal a los contribuyentes que contraten a personas que padezcan discapacidad motriz, y que para superarla requieran usar permanentemente prótesis, muletas o sillas de ruedas; discapacidad auditiva o de lenguaje, en un 80 % o más de la capacidad normal o discapacidad mental, así como cuando se empleen invidentes