2700 Controles para importar combustibles

Requisitos adicionales a los ya establecidos para obtener los permisos previos

La Secretaría de Economía publicó en el DOF del 22 de febrero de 2019 el “Acuerdo que modifica al diverso por el que se establece la clasificación y codificación de hidrocarburos y petrolíferos cuya importación y exportación está sujeta a permiso previo por parte de la Secretaría de Energía –Sener–”, en el cual se establecen requisitos adicionales a los existentes para obtener el permiso previo de importación para esos bienes que consistirán en acreditar a la Sener cuestiones sobre la operación propia de un negocio, entre ellos: 

  • medios de transporte de la mercancía, y ubicación física de las instalaciones o equipos de almacenamiento (incluyendo almacenamiento para uso propio, distribución o de expendio en donde se recibirán)
  • razón o denominación social y RFC de la persona con permiso de la Comisión Reguladora de Energía (CRE) para efectuar esas actividades; en almacenamiento para usos propios solo los relativos al propietario de las instalaciones
  • proveedores extranjeros
  • clientes principales, y
  • contratos (suministro, transporte y distribución, y celebrados con laboratorios acreditados por la CRE, en petrolíferos)

El acuerdo estará vigente a partir del 23 de febrero de este año.