2751 Lámina rolada en frío con cuota compensatoria

En tanto se tramita el procedimiento de examen de vigencia seguirá pagandose la cuota compensatoria

La Secretaría de Economía declaró el examen de vigencia de las cuotas compensatorias definitivas impuestas a las importaciones de lámina rolada en frío originarias de Rusia y Kazajistán, independientemente del país de procedencia, que ingresan a través de las fracciones arancelarias 7209.16.01 y 7209.17.01, o por cualquier otra.

Mientras se tramita el procedimiento de examen de vigencia se seguirán pagando las cuotas compensatorias en los términos siguientes, para las originarias de:

  • Rusia, 15 %, y
  • Kazajistán, 22%

Se fijaron como periodos de examen y de análisis los comprendidos del 1o. de abril de 2018 al 31 de marzo de 2019, y del 1o. de abril de 2014 al 31 de marzo de 2019, respectivamente.

Los productores nacionales, importadores, exportadores, personas morales extranjeras o cualquier persona que acredite tener interés jurídico en el resultado de este procedimiento de examen, contarán con un plazo de 28 días hábiles –a partir del 21 de junio del presente año–  para acreditar su interés jurídico y presentar la respuesta al formulario oficial establecido para tal efecto, así como los argumentos y las pruebas que consideren convenientes.