2791 Eliminan cuota compensatoria a cobertores chinos

Detalles de lo dado a conocer en el Diario Oficial de la Federación por la Secretaría de Economía

La Secretaría de Economía publicó en el DOF del 30 de septiembre de 2019 la “Resolución en la que concluyó el procedimiento de examen de vigencia de las cuotas compensatorias impuestas a las importaciones de cobertores de fibras sintéticas de tejido tipo raschel, estampados, lisos, con o sin bordado, con o sin guata intermedia, de cualquier tamaño originarias de China, independientemente del país de procedencia”.

A través de esa resolución esa dependencia dio a conocer la eliminación de la cuota compensatoria impuesta a dicha mercancía, debido a que ningún productor nacional “del bien objeto de examen” compareció a presentar argumentos y pruebas que llevasen a determinar que la supresión de la cuota compensatoria daría lugar a la continuación o la repetición del daño y del dumping.

La mercancía ingresa al país por las fracciones 6301.40.01 y 9404.90.99, incluso por cualquier otra; y será hasta el 30 de septiembre de 2019 que se pague la cuota compensatoria cuando su precio de importación correspondiente al valor en aduana de la mercancía en términos unitarios sea inferior al precio de referencia de 12.10 dólares por kilogramo neto –el monto se calcula como la diferencia entre el precio de importación y el precio de referencia–. Posterior a esa fecha quedará eliminada dicha cuota.