2841 Oficial ley de confianza ciudadana

Pormenores de lo dado a conocer en el Dario Oficial de la Federación por la autoridad competente


Se publicó en el DOF del 20 de enero de 2020 el decreto por el que se expide la Ley de Fomento a la Confianza Ciudadana, la cual tiene por objeto establecer las bases para la instrumentación de acciones y programas que las dependencias de la administración pública federal deberán implementar, según sus atribuciones, para fomentar la confianza ciudadana, otorgando beneficios y facilidades administrativas relacionadas con la actividad económica que desempeñan las personas físicas y morales.

Esta ley no será aplicable en las siguientes materias:

  • fiscal
  • aduanera
  • del trabajo (laboral)
  • seguridad social
  • comercio exterior, y
  • operaciones con recursos de procedencia ilícita (prevención de lavado de dinero)

La aplicación de la legislación corresponderá a la Secretaría de Economía (SE) por conducto de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer).

Se contará con un padrón único, cuya inscripción será voluntaria y que se entenderá como un acto de buena fe, porque en este se manifiesta que se ha cumplido con las obligaciones regulatorias y fiscales correspondientes.

El registro al padrón otorgará los beneficios y las facilidades administrativas que acuerde la SE, por conducto de la Conamer, mediante las reglas, las bases, las directrices, los instrumentos, los lineamientos, los mecanismos o las buenas prácticas que, para tal efecto, emita en el marco de las acciones y los programas definidos por las dependencias y entidades de la administración pública federal o los que precise a través de convenios.

La Conamer efectuará la selección de las personas beneficiarias de manera estratégica, mediante análisis de información inscritas en el padrón, cuyas obligaciones serán verificadas según la actividad económica que realicen. Las personas seleccionadas que hayan sido sujetas a verificación y cuyo resultado corrobore el cumplimiento de sus obligaciones regulatorias y fiscales correspondientes, recibirán del Estado, por conducto del titular del ejecutivo federal, un reconocimiento que así lo indique.

La persona que proporcione al padrón información que no sea fidedigna, será sancionada mediante las sanciones previstas en esta legislación, sin perjuicio de cualquier otra que corresponda, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables.

Asimismo, serán sancionadas, las personas beneficiarias que sean denunciadas por incurrir en malas prácticas comerciales o por funcionamiento irregular y que resulten responsables ante las autoridades competentes, mediante resolución firme. El decreto entra en vigor el 21 de enero de 2020.

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