3036 Listo paquete económico 2021 de la CDMX

Conozca los documentos publicados en la Gaceta Oficial de la CDMX

Se publicó en la Gaceta Oficial de la CDMX, el paquete económico para dicha entidad, dentro de este se encuentra el decreto por el que se expide la Ley de Ingresos de la Ciudad de México (LICDMX) para el ejercicio fiscal 2021; con ello se busca cumplir con los siguientes objetivos de la política de ingresos prevista para el periodo de 2018-2024:

  • emplear el financiamiento como detonador de infraestructura y desarrollo, no como mecanismo compensatorio de las finanzas públicas
  • respetar los indicadores del sistema de alertas de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con la finalidad de que la deuda se mantenga en rangos sostenibles a mediano y largo plazo, en sintonía con el plan de desendeudamiento de la CDMX
  • contar con un nivel de endeudamiento público de mediano y largo plazo coherente con las necesidades de financiamiento de la CDMX al menor costo financiero y a bajo riesgo
  • buscar las mejores condiciones de mercado para evitar el incremento en los costos financieros
  • mantener la diversificación de las fuentes de financiamiento y equilibrar la proporción de los créditos contratados en los distintos esquemas, con la finalidad de minimizar el riesgo y hacer frente a la evolución de los mercados mediante un portafolio flexible entre la banca comercial, banca de desarrollo y emisión de certificados bursátiles

A continuación, se presentan los puntos más relevantes de la Ley de Ingresos de la CDMX:

  • se estima recibir en el ejercicio 2021 ingresos en cantidad de $ 217,962,153,520.00
  • endeudamiento. El importe neto autorizado que el jefe de gobierno de la CDMX podrá ejercer durante 2021 es de cuatro mil quinientos millones de pesos, 500 millones más que lo presupuestado en el ejercicio pasado (art. 2o.)
  • recargos. La tasa conocida se mantiene, esto es, tratándose de pago a plazos de los créditos fiscales, ya sea diferido o en parcialidades, se causarán recargos al 2 % mensual sobre los créditos fiscales, excluidos los accesorios, la cual se reducirá en función del valor de la tasa de interés interbancaria de equilibrio y del Índice Nacional de Precios al Consumidor, cuyo cálculo es efectuado por la Secretaría de Finanzas de la CDMX cada mes y la da a conocer en la Gaceta Oficial, en la forma ya conocida desde hace varios años (art. 3o.)
  • cuotas, tarifas y multas. Se actualizarán las que aparezcan en el CFCDMX en un 3.34 % (art. 8o.)

Los principales ajustes que sufrió el CFCDMX son:

  • el beneficio por pago anticipado del impuesto predial se incrementa en los meses de enero y febrero a un 10% y 6%, respectivamente.
  • se adiciona el Capítulo II al Libro Cuarto del CFCDMX (lo que implica la reordenación actual del Título), el cual tendría como objetivo regular la substanciación del procedimiento resarcitorio a través de medios electrónicos
  • obligación de presentar un aviso a cargo de las personas físicas o morales que contraten o subcontraten, independientemente de la forma en que se denominen, los servicios proporcionados por un contratista; dicho aviso deberá contener como anexo el original o copia certificada del contrato respectivo, la información sobre el número de trabajadores, así como la denominación o razón social, RFC y domicilio del contratista
  • las publicaciones ordenadas en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México por los Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México tendrán una reducción del 50 %
  • se impulsa la devolución de saldos a favor de los interesados a través de medios electrónicos, para dar seguridad y certeza a la autoridad fiscal, así como garantizar el pago de la devolución a la persona que corresponda; por tales motivos, el interesado debe acreditar la titularidad del número de cuenta que señale en su solicitud de devoluciónmediante el estado de cuenta proporcionado por la institución integrante del sistema financiero
  • regulación, uso y elementos de seguridad de la firma electrónica avanzada en trámites de la CDMX

Para consulta todos los cambios realizados a este instrumento lo invitamos a consultar la edición 479 de fecha 31 de enero de 2021.