3119 Examen de vigencia de cuota compensatoria a champiñones

Detalles de lo dado a conocer en el Diario Oficial de la Federación por la autoridad competente

La Secretaría de Economía (SE) publicó en el DOF del 7 de mayo de 2021 la “Resolución por la que se declara el inicio del procedimiento administrativo de examen de vigencia de las cuotas compensatorias impuestas a las importaciones de hongos del género agaricus originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia”.

El producto objeto de examen son los champiñones, preparados o conservados, pero no incluye los preparados o conservados en vinagre o ácido acético; e ingresa a través de la fracción arancelaria 2003.10.01, o por cualquier otra.

Mientras se tramita el procedimiento de examen de vigencia continuará vigente la cuota compensatoria definitiva impuesta en los siguientes términos:

  • por las importaciones que ingresen con un valor en aduana unitario inferior al precio de referencia de 2.05 dólares por kilogramo neto, pagarán la cuota compensatoria que resulte de la diferencia entre ambos, y
  • el monto de la cuota compensatoria no deberá rebasar el margen de discriminación de precios de: 1.1891 dólares por kilogramo neto para las importaciones originarias de China y procedentes de Calkins Limited, y de 0.6121 dólares por kilogramo neto para todas las demás importaciones originarias de China

Se fijaron como periodos de examen y de análisis los comprendidos del 1o. de enero de 2020 al 31 de diciembre de 2020; y del 1o. de enero de 2016 al 31 de diciembre de 2020, respectivamente.

Los interesados en el resultado de este procedimiento de examen tienen un plazo de 28 días hábiles –contados a partir del 8 de mayo de 2021– para responder un formulario oficial y aportar las pruebas que permitan a la SE definir sí de suprimirse esas cuotas, se repetiría o continuaría la discriminación de precios y, en consecuencia, el daño a la industria nacional.

La presentación de la información se hará vía electrónica, en la dirección de correo electrónico upci@economia.gob.mx.

La resolución entrará en vigor el 8 de mayo de 2021.