3198 Contribuyentes en listas negras del SAT van a listas negras de la UIF

Detalles de lo dado a conocer en el Diario Oficial de la Federación por la autoridad competente

Se dio a conocer en el DOF del 9 de septiembre de 2021 la resolución que reforma, adiciona y deroga diversas de las Disposiciones de Carácter General a que se refieren los artículos 115 de la Ley de Instituciones de Crédito en relación con el 87-d de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito y 95-bis de este último ordenamiento, aplicables a las sociedades financieras de objeto múltiple, mismo que entrará en vigor al día siguiente de su publicación.

Entre los cambios, está que ahora los contribuyentes que se encuentren en las listas negras del SAT a que se refiere el artículo 69-B del CFF, podrán ser incluidos en las listas de personas bloqueadas de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF).

Es importante destacar que las instituciones financieras están obligadas a suspender cualquier operación, contrato o relación comercial de aquellas personas que se encuentren en las listas de personas bloqueadas emitidas por la SHCP por conducto de la UIF.