3212 Nueva prórroga de tomas de nota y programa de capacitación a distancia

Detalles de lo dado a conocer en el Diario Oficial de la Federación por la autoridad competente

La STPS publicó en el DOF del 11 de octubre dos acuerdos, los cuales se describen a continuación.

Prórroga de tomas de nota

Mediante Acuerdo se amplía una vez más la prórroga de la vigencia de las constancias o tomas de nota de las directivas sindicales registradas ante la STPS, con motivo de la emergencia sanitaria generada por el virus COVID-19, el cual entra en vigor el 12 de octubre de este año.

Los sindicatos de trabajadores, así como las federaciones y confederaciones registrados ante esa STPS, cuyas directivas o dirigentes hubiesen perdido vigencia con motivo del cumplimiento de las medidas extraordinarias derivadas de la pandemia, se tendrán por prorrogadas a partir de la fecha en que concluyó su validez y hasta el 2 de noviembre de 2021.

Lo anterior aplica para los sindicatos que se encuentren en los siguientes supuestos:

  • que la legalidad de las constancias o tomas de nota de las directivas o dirigentes concluyan o hubiesen prescrito entre el 23 de marzo de 2020 y el 2 de noviembre de 2021.
    Se instruye al Titular de la Dirección General de Registro de Asociaciones para dar conocer en el portal de Internet de la STPS, la lista de sindicatos de trabajadores, federaciones y confederaciones que se encuentren en dicho supuesto, y
  • que los procesos de elección de las directivas o dirigentes no se hubiesen llevado a cabo o se suspendieran con motivo de la emergencia sanitaria

Las organizaciones sindicales podrán solicitar la certificación de que se encuentran sujetas a la prórroga, siempre que se ubiquen los supuestos anteriores.

La Dirección General de Registro de Asociaciones brindará atención y orientación a los sindicatos, las federaciones y confederaciones, en un horario de lunes a viernes, de las 10:00 a las 14:00 horas.

Se debe tomar en cuenta que la prórroga no aplicará para los procesos de elección que concluyeron antes del 23 de marzo del 2020 y que se encuentren pendientes de registro, ni tampoco para el caso de las directivas o dirigentes de los componentes, tales como secciones o delegaciones sindicales.

 

Programa de capacitación a distancia para trabajadores

Se dan a conocer los Lineamientos de Operación del Programa de Capacitación a Distancia para Trabajadores (PROCADIST).

Este servicio oferta cursos gratuitos, a través de una plataforma educativa a la que puede acceder cualquier persona (desde un dispositivo electrónico con acceso a internet).

Los objetivos del programa son facilitar:

  • capacitación de los colaboradores, dentro de un modelo educativo que permita a cada usuario planear su propio proceso de aprendizaje, de acuerdo con su disponibilidad de horario
  • capacitación y adiestramiento de los trabajadores de las micro, pequeña y mediana empresa (MIPYMES), y con ello cumplan sus obligaciones legales en esa materia, y
  • trabajo digno en los centros de trabajo

Los requisitos para acceder al programa son:

  • contar con correo electrónico personal, clave única de registro de población (CURP) y equipo de cómputo de escritorio o móvil con acceso a internet
  • llenar la cédula de registro que se encuentra disponible en esta liga, y
  • responder el cuestionario que llegará a la dirección de correo electrónico indicada en la cédula de registro

Las obligaciones de los usuarios son:

  • leer con detenimiento la guía
  • verificar que sus datos en la cédula de registro sean correctos
  • obtener su constancia de participación
  • proporcionar una cuenta de correo válida, vigente y que s revise periódicamente
  • consultar diariamente el correo electrónico registrado mientras se esté inscrito en algún curso
  • contactar por procadist@stps.gob.mx cuando se tenga alguna duda, y
  • abstenerse de solicitar información particular

El Programa podrá suspender la cuenta de acceso cuando la persona utilice lenguaje vulgar, obsceno, irónico o sarcástico en las comunicaciones con el personal, u omita dar seguimiento a las instrucciones del personal.

Para acreditar cualquier curso, el usuario deberá:

  • terminar dentro del tiempo señalado
  • responder la encuesta de satisfacción, y
  • obtener calificación aprobatoria mínima de 8.0 (en escala de 10 puntos) en la evaluación

En caso de no completarlo dentro del lapso límite o de reprobar, el interesado podrá volver a inscribirse al curso dos veces más.

De acreditarse el curso, se emitirá una constancia electrónica de participación, a través de la plataforma PROCADIST.

Estos lineamientos entran en vigor el 12 de octubre, dejando sin efectos el artículo 6o., fracción II, y el Capítulo Décimo "Del programa de capacitación a distancia para trabajadores", del Acuerdo por el que se dan a conocer los criterios administrativos, requisitos y formatos para realizar los trámites y solicitar los servicios en materia de capacitación, adiestramiento y productividad de los trabajadores, publicado en el DOF del 14 de junio de 2013, y cualquier disposición que los contravenga.