3380 Ponen fin a procedimiento de examen de vigencia de cuota compensatoria

Detalles de lo dado a conocer en el Diario Oficial de la Federación por la autoridad competente

La Secretaría de Economía (SE) publicó en el DOF del 2 de agosto de 2022 la “Resolución final del procedimiento administrativo de examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de aceite epoxidado de soya originarias de la República Argentina, independientemente del país de procedencia”, misma que entrará en vigor al día siguiente (3 de agosto de 2022).

En esta resolución, la SE declaró concluido dicho procedimiento administrativo, y prorrogó la vigencia de la cuota compensatoria definitiva de 24.66 % por cinco años más, contados desde el 13 de febrero de 2021.

Los importadores no estarán obligados al pago de esa cuota compensatoria si comprueban que el país de origen de la mercancía es distinto a Argentina.

La mercancía objeto de la cuota compensatoria ingresa a través de las fracciones arancelarias 1518.00.02 y 3812.20.01, o por cualquier otra.