3414 ¡SISUB presenta problemas de última hora!

Detalles de lo dado a conocer en el Diario Oficial de la federación por la autoridad competente

Quienes brinden servicios especializados o ejecuten obras especializadas deben reportar al Infonavit los contratos celebrados del segundo cuatrimestre de 2022, a más tardar el 19 de septiembre.

Lamentablemente la plataforma Sistema de Información de Subcontratación (SISUB) está presentando problemas al momento de cargar los documentos (contrato, escritura constitutiva, REPSE, o los layouts) –art. 12, antepenúltimo párrafo, CFF–.

A continuación, se detalla qué debe hacer el empresario para cumplir en tiempo y forma y evitar una multa de 251 a 300 veces la UMA; actualmente, de $ 24,151.22 a $ 28,866.00, por no enviar la cuatrimestral en el SISUB (arts. 6o., fracción XVIII y 8o., fracción IV, Reglamento para la Imposición de Multas por Incumplimiento de las Obligaciones que la Ley del Infonavit).

Las sugerencias del personal del Infonavit son las siguientes:

  • intentar gestionar el trámite con otro explorador
  • borrar las cookies (en opciones de internet)
  • evitar demorar mucho tiempo al subir la documentación al sistema, o
  • comunicarse a Infonatel (800 008 39 00) y externar la problemática

Igualmente, comentan que para considerar en tiempo y forma la entrega del informe, se envíe un correo electrónico dirigido al maestro Franz Antonio Jiménez Rueda, Gerente Senior de Fiscalización del Infonavit a fjimenezr@infonavit.org.mx con copia a mfuerte@infonavit.org.mx y ljimenez@infonavit.org.mx, donde se exteriorice el inconveniente que presenta el portal.

Para ello, en el asunto se deberá colocar “DECLARACIÓN 2 CUATRIMESTRE 2022 (RFC), PROBLEMÁTICA SISUB” y el cuerpo del e-mail debe contener la información del sujeto obligado: nombre, denominación o razón social; RFC; número de registro patronal; medios de contacto y se deben adjuntar, según el tipo de informativa: el contrato, la escritura constitutiva, el registro emitido por la STPS (REPSE), los Excel (Información sujeto obligado, Detalle de trabajadores y Detalle del contrato) y la captura de pantalla con el error que presente el SISUB.

Lo anterior deberá realizarse y mandarse antes de las 11:59 del 19 de septiembre, y en los siguientes días intentar enviar nuevamente la información a través del SISUB y esperar el acuse respectivo.

Finalmente, ante cualquier aclaración o requerimiento del organismo, el empleador podrá presentar el papel que le extienda la plataforma y el correo electrónico descrito.