3517 Nuevo acuerdo de oficinas de representación de la SE

Detalles de lo dado a conocer en el Diario Oficial de la Federación por la autoridad competente

En el DOF del 13 de marzo de 2023 se dio a conocer el nuevo “Acuerdo por el que se determina la organización, funcionamiento y circunscripción de las Oficinas de Representación de la Secretaría de Economía”, al cual entrará en vigor al día siguiente de su publicación, y abroga al del 14 de septiembre 1994 y sus modificaciones.

Este nuevo Acuerdo establece que:

  • las oficinas de representación ejercerán sus atribuciones y funciones en la circunscripción referidas al efecto (en el artículo 5o. de este acuerdo), en los términos previstos y conforme a los lineamientos e instrucciones que reciban de las unidades administrativas centrales, a través de la Dirección General de Coordinación Territorial de Trámites y Servicios de Economía de la Secretaría
  • estas oficinas de representación de la SE y su sede, son las de: Aguascalientes, con sede en Aguascalientes, Aguascalientes; Baja California, con sede en Tijuana, Baja California; Baja California Sur, con sede en La Paz, Baja California Sur; Campeche, con sede en Campeche, Campeche; Coahuila, con sede en Saltillo, Coahuila; Colima, con sede en Colima, Colima; Chiapas, con sede en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas; Chihuahua 1, con sede en Chihuahua, Chihuahua; Chihuahua 2, con sede en Ciudad Juárez, Chihuahua; Durango, con sede en Durango, Durango; Guanajuato, con sede en León, Guanajuato; Guerrero, con sede en Acapulco, Guerrero; Hidalgo, con sede en Pachuca, Hidalgo; Jalisco, con sede en Guadalajara, Jalisco; México, con sede en Toluca, Estado de México; Michoacán, con sede en Morelia, Michoacán; Morelos, con sede en Cuernavaca, Morelos; Nayarit, con sede en Tepic, Nayarit; Nuevo León, con sede en Monterrey, Nuevo León; Oaxaca, con sede en Oaxaca, Oaxaca; Puebla, con sede en Puebla, Puebla; Querétaro, con sede en Querétaro, Querétaro; Quintana Roo, con sede en Benito Juárez, Quintana Roo; San Luis Potosí, con sede en San Luis Potosí, San Luis Potosí; Sinaloa, con sede en Culiacán, Sinaloa; Sonora, con sede en Hermosillo, Sonora; Tabasco, con sede en Villahermosa, Tabasco; Tamaulipas 1, con sede en Reynosa, Tamaulipas; Tamaulipas 2, con sede en Nuevo Laredo, Tamaulipas; Tlaxcala, con sede en Tlaxcala, Tlaxcala; Veracruz, con sede en Boca del Río, Veracruz; Yucatán, con sede en Mérida, Yucatán, y Zacatecas, con sede en Zacatecas, Zacatecas. Dichas oficinas estarán a cargo de un representante quien, para el desahogo de los asuntos de su competencia, se auxiliará del personal que se requiera para satisfacer las necesidades del servicio, y
  • estas oficinas de representación tienen como circunscripción los municipios de las entidades federativas donde se encuentra su sede, salvo los casos siguientes, la de:
    • México, tiene como circunscripción los municipios del Estado de México, con excepción de los siguientes: Atizapán de Zaragoza, Coacalco de Berriozábal, Cuautitlán, Cuautitlán Izcalli, Chalco, Chicoloapan, Chimalhuacán, Ecatepec, Huixquilucan, Ixtapaluca, Naucalpan de Juárez, Nezahualcóyotl, Nicolás Romero, La Paz, Tecámac, Texcoco, Tlalnepantla de Baz, Tultitlán y Valle de Chalco Solidaridad, cuyos asuntos se atenderán por las unidades administrativas centrales, de acuerdo con su competencia
    • Chihuahua 1, tiene como circunscripción el territorio del estado de Chihuahua no comprendido en Chihuahua 2
    • Chihuahua 2, tiene como circunscripción la franja y región fronteriza que, en términos del artículo 136 de la Ley Aduanera (LA), corresponde al estado de Chihuahua
    • Tamaulipas 1, tiene como circunscripción el territorio del estado de Tamaulipas no comprendido en Tamaulipas 2, y
    • Tamaulipas 2, tiene como circunscripción la franja y región fronteriza que, en términos del artículo 136 de la LA, corresponde al estado de Tamaulipas
  • las atribuciones para las oficinas de representación –además de las previstas en el artículo 67 del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía–, entre ellas:
    • difundir y orientar a la micro, pequeña y mediana empresa, sobre los trámites, servicios y apoyos que brinda la SE
    • realizar visitas en materia de comercio exterior, conforme a las órdenes de verificación emitidas por la Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior, y
    • remitir a la unidad administrativa central que corresponda, a más tardar el día hábil siguiente a su recepción, los asuntos referidos en las fracciones II, II Bis y IX del artículo 67 del Reglamento Interior de la Secretaría, entre los que se encuentran: aquellos en materia de comercio exterior, y
  • cómo se organizarán las oficinas regionales en diversas regiones para la atención de los requerimientos administrativos