ASOCIACIÓN EN PARTICIPACIÓN SIGLAS: A. en P. (Sociedad oculta) | ||
LEY QUE LA REGULA | CARACTERÍSTICAS | PROCESO DE CONSTITUCIÓN |
Ley General de Sociedades Mercantiles: Artículos 252 al 259 Código Fiscal de la Federación: 17-B |
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Por contrato privado que conste por escrito |
NOMBRE | CAPITAL SOCIAL | RESERVAS |
Legalmente: No tiene, se utiliza el nombre del asociante Fiscalmente: utiliza una denominación o razón social o nombre del asociante seguida de las siglas A en P. | No hay capital social, solo aportaciones | Sin obligación de constituirla |
NÚMERO DE SOCIOS | DOCUMENTOS QUE ACREDITAN AL SOCIO | RESPONSABILIDAD DE LOS SOCIOS |
Mínimo: dos Máximo: ilimitado | Contrato |
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PARTICIPACIÓN DE EXTRANJEROS | ÓRGANOS SOCIALES Y DE VIGILANCIA | |
Sin restricción |
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Asociación en Participación
Es un contrato por el cual una persona concede a otras que le aportan bienes o servicios una participación en las utilidades y en las pérdidas de una negociación mercantil