Los adolescentes entre 12 y 18 años de edad, que cometan una infracción en el Distrito Federal, podrán ser llevados ante un Juez para que los amoneste.
El Juzgador citará a quien tenga la custodia o tutela del menor infractor para que asista a una audiencia. Esas personas tendrán un plazo de dos horas (prorrogables a cuatro) para llegar al juzgado. En caso de no arribar, el Juez le nombrará al adolescente un representante para que lo asista y defienda, pudiendo ser un defensor de oficio.
En caso de que el adolescente resulte responsable, el Juez lo amonestará y le hará saber las consecuencias jurídicas y sociales de su conducta. Lo anterior no implica arresto administrativo.
Por otra parte, si a consideración del Juez el adolescente se encontrara en situación de riesgo, lo enviará a las autoridades competentes a efecto de que reciba la atención correspondiente.
Estas medidas forman parte de las reformas al Código Penal y a la Ley de Cultura Cívica, ambos del Distrito Federal, publicados el 16 de febrero de 2011 en la Gaceta Oficial del DF. Las nuevas medidas entrarán en vigor a los 30 días naturales posteriores a su publicación.