Discriminación, sin sanción en el DF

Seguramente habrá reformas a esta Ley pues la CONAPRED solicitó a los Senadores se le faculte para sancionar y así asegurar su cumplimiento

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 .  (Foto: IDC online)

Con esta Ley, queda prohibida cualquier forma de discriminación, ya sea en contra de personas por su origen étnico, lengua, sexo, género, identidad indígena, edad, discapacidad, condición jurídica, social o económica, así como la apariencia física, las condiciones de salud, embarazo, religión, opiniones políticas, académicas o filosóficas, filiación política, civil, entre otras.

No obstante, se observa un retroceso respecto a la efectividad que tendrá su cumplimiento por parte de la población, puesto que en la Ley de 2006, se contemplaba en el capítulo “De las acciones para investigar y sancionar conductas discriminatorias” el que las Delegaciones, a través de su Dirección General Jurídica y de Gobierno, aplicaran sanciones pecuniarias, revocaran Licencias de Funcionamiento, la Declaración de Apertura o la autorización, o impusieran la clausura, en términos de lo dispuesto por la Ley para el Funcionamiento de Establecimientos Mercantiles del DF si, para el caso de los titulares de establecimientos mercantiles no prestasen el servicio de que se tratara a toda persona que lo solicitara, por motivos de discriminación. Actualmente, por la abrogación de la Ley de Establecimientos Mercantiles y la expedición de la nueva, los conceptos de licencia, y declaración de apertura han desaparecido, pero se convirtieron en avisos y permisos que de igual forma deberían ser revocados como sanciones impuestas en caso de discriminación a los clientes de tales establecimientos.

La nueva Ley, al igual que la aplicable en la materia federal, sufre de una imperfección jurídica, al quedar expuesta sin sanciones específicas que obliguen a acatarla al no haber multas, apercibimientos o criterios que impongan sanciones específicas para los infractores de la misma.

No obstante, esta situación no ha sido pasada por alto por uno de los principales interesados en preservar el cumplimiento de la legislación en la materia, pues el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (CONAPRED), ha pedido recientemente ante la Cámara de Senadores reforzar la legislación de este organismo para combatir la discriminación solicitando se le faculte para emitir sanciones, multas, amonestaciones, disculpas públicas, indemnizaciones y reparación del daño, con el afán de alcanzar una sociedad más igualitaria y sin prejuicios, pues hasta ahora no cuenta con tal atribución para sancionar al ser una autoridad incompetente para ello, lo cual, de aceptarse, implicaría un avance en materia local y, en concordancia, también en la federal.

Por estas razones, se vislumbra que con posterioridad se le hagan reformas a la Ley en vistas de incluir un mecanismo coercitivo para este tipo de conductas, el cual sin duda impactaría en el sector comercial de la sociedad.