Ley Anticorrupción, casi una realidad

A casi 3 millones de pesos ascenderían las multas aplicables a particulares que ejecutaran conductas de corrupción en contrataciones públicas

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 .  (Foto: IDC online)

La corrupción es reconocida como un obstáculo del desarrollo económico, genera desigualdad dentro de la sociedad y acaba con la credibilidad de las instituciones gubernamentales, por eso fue aprobada por el Senado el 5 de abril de 2011 la expedición de un ordenamiento que prevea y sancione las malas prácticas de servidores públicos y particulares en materia de contrataciones públicas, denominado hasta el momento Ley Federal de Anticorrupción en Contrataciones Públicas.

México, al formar parte de diversas y numerosas convenciones internacionales en materia de anticorrupción, trata con la aprobación de los legisladores de incluir en la materia normativa nacional políticas precisas que coadyuven a tener un sistema de contratación limpio y transparente.

El término contratación pública pudiese sonar constreñido a una cierta clase de transacción entre los particulares y las dependencias de gobierno, pero la propuesta de ley plantea incluirla a partir de una definición que comprenda cualquier práctica de corrupción que menoscabe los recursos federales, por lo que no sería sorpresivo que con posterioridad hubiese una ley aplicable para los recursos estatales y municipales.

Mediante la inclusión de un procedimiento de investigación, se impondrían las multas e inhabilitaciones que buscarían mermar las corruptelas que carcomen la economía del país, la democracia y que desembocan en otras actividades ilegales que forzosamente constituyen actos ilícitos, pues aunque los servidores públicos han sido sujetos de sanciones en caso de actos corruptos, no se habían previsto sanciones aplicables más allá de las penales a los particulares que ejecutaran conductas de corrupción en contrataciones públicas, vacío legal que busca ser subsanado con la ley propuesta al contemplar un procedimiento administrativo sancionador en el cual, tentativamente, aplicarían multas equivalentes a la cantidad de mil a cincuenta mil veces el salario mínimo diario general vigente para el DF (SMGVDF) al igual que inhabilitaciones de cinco a ocho años como sanción máxima, tratándose de personas físicas, y multas equivalentes a la cantidad de diez mil hasta dos millones de veces el SMGVDF, así como de ocho a 10 años para las personas morales. No obstante, la definitividad de estas cantidades quedará asentada una vez aprobada por la otra Cámara.