Cámaras Empresariales ya tienen reglamento

Revisa los requisitos que se deben cumplir para constituir una Cámara de Comercio, de Servicios y Turismo, o de Industrias

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 .  (Foto: IDC online)

El Reglamento de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones, que regula la constitución y funcionamiento de las Cámaras de Comercio, Servicios,  Turismo e Industrias, así como las Confederaciones que las agrupan, además de normar la operación del Sistema de Información Empresarial Mexicano (SIEM), ya entró en vigor el pasado 10 de febrero, por lo que es importante tomar en cuenta:

Constitución de Cámaras y Confederaciones

La solicitud para constituir una Cámara, se debe presentar por escrito ante la Secretaría de Economía (SE) o Confederación correspondiente y contendrá:

  • lugar y fecha de su emisión
  • nombre, denominación o razón social del grupo promotor y nombre del representante legal
  • domicilio para recibir notificaciones y nombre de la persona autorizada para recibirla
  • petición expresa de solicitar la autorización para constituir una cámara, señalando el nombre o denominación que se proyecta, así como los municipios, delegaciones o entidades federativas que comprendería su circunscripción
  • hechos que den motivo a la petición
  • plan estratégico que incluya la misión, visión y valores de la cámara a constituir
  • firma de los adheridos al grupo promotor o de su representante legal

 

A dicha solicitud se anexará la siguiente documentación:

  • copia  certificada del:
    • acta constitutiva del Grupo Promotor, y
    • instrumento expedido por fedatario público por el que se faculte al representante del Grupo Promotor a actuar en nombre de éste.
  • documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos previstos de manera específica en los artículos 13 o 14 de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones
  • documentos oficiales que acrediten que en la circunscripción propuesta se encuentra establecida una población superior a los 200,00 habitantes y que existan por lo menos 2,500 comerciantes (sólo si la solicitud corresponda a una Cámara de Comercio, Servicios y Turismo)

 

Estatutos
Las asambleas generales de las cámaras y confederaciones deben aprobar sus estatutos y modificaciones, las cuales serán acordes con lo establecido en la Ley en la materia, su Reglamento y las autorizaciones que para su constitución y operación hubiera otorgado la SE. La sesión en la que se aprueben los estatutos y modificaciones constará en instrumento otorgado ante fedatario público competente, así como el texto aprobado

SIEM
La SE es la encargada de operar el SIEM. El propósito de este sistema es captar, integrar, procesar y suministrar información sobre las características y ubicación de los establecimientos de comercio, servicios, turismo e industria en el país, para un mejor desempeño y promoción de las actividades empresariales. Las empresas que mantengan registro actualizado pueden tener acceso a programas gubernamentales en los términos y condiciones fijados en la legislación presupuestal aplicable.

Fuente: Reglamento de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones