Medidas precautorias ¿Posibles?

Sí, forma parte de sus atribuciones si los productos afectan la vida, la salud o la seguridad de las personas

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 .  (Foto: IDC online)

Recibí un oficio de la Profeco en el cual me quieren imponer como medida precautoria al inmovilizar los bienes que comercializo ¿Sí tiene la facultad para poder llevar a cabo esa acción?

Sí, la  Profeco tiene entre sus atribuciones la de aplicar las siguientes medidas precautorias siempre que se afecte o pueda afectar la vida, la salud, la seguridad o la economía de una colectividad de consumidores de conformidad con el artículo 25 Bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC):

  • inmovilización de envases, bienes, productos y transportes
  • suspensión de la comercialización de bienes, productos o servicios
  • aseguramiento de bienes o productos
  • retiro de bienes del mercado, cuando se haya determinado por la autoridad competente que ponen en riesgo la vida o la salud
  • colocación de sellos e información de advertencia
  • suspensión de información o publicidad que viole las disposiciones de la LFPC