Solo podrás verificar un auto por día

Así lo precisa el reglamento publicado el día de hoy, el cual además señala que ninguna persona podrá tener más de 7 autorizaciones para operar verificentros

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 .  (Foto: IDC online)

A partir de mañana, las personas responsables de los Centros de Verificación, deberán llevar un registro de las personas que presenten vehículos a verificar y evitar que una persona pueda verificar más de un vehículo al día en el mismo Centro de Verificación, salvo que las tarjetas de circulación de aquéllos se encuentren a nombre de las mismas personas o se cuente con autorización de la Secretaría del Medio Ambiente. Así lo precisa el Reglamento de la Ley Ambiental del DF en materia de Verificación Vehicular, el cual fue publicado el día de hoy en la Gaceta Oficial del DF.

Dentro de los principales aspectos que contempla este ordenamiento, resaltan:

  • obligaciones y responsabilidades de
    • los Verificentros
    • las empresas comercializadoras y de mantenimiento de equipos de verificación vehicular,
    • las empresas autorizadas para la operación del programa de sustitución de convertidores catalíticos
    • los propietarios de automotores matriculados en el DF, así como de los que circulan en vialidades de dicha entidad.
  • instrumentos de gestión y control con el objeto de mejorar y garantizar una adecuada prestación del servicio de verificación vehicular, como son:
    • programa de mejora continua que deberán implementar los verificentros y que tendrá que incluir un sistema de turnos o citas y evitar afectaciones a los vecinos, entre otras cosas. Este programa será evaluado por un grupo interdisciplinario que presidirá la Secretaría del Medio Ambiente (SMA) y será un elemento primordial para determinar si procede o no la renovación de las autorizaciones para operar los centros de verificación. Los responsables de los Centros de Verificación deberán presentar a la Secretaría su programa de mejora continua a más tardar el 19 de diciembre de 2012
    • fortalecimiento del proceso de selección, capacitación y acreditación del personal técnico y gerencial de los verificentros. El personal de los Centros de Verificación deberá contar con la acreditación de la Secretaría Al respecto se precisa que a partir del 20 de octubre de 2013, los Centros de Verificación deberán operar con el personal debidamente acreditado por la SMAconforme al proceso de acreditación que la misma determine
    • sistema de videograbación el cual permitirá:
      • vigilar de manera remota la operación de los verificentros
      • iniciar procedimientos e imponer medidas cautelares y sanciones en caso de detectarse algún ilícito
      • determinar la responsabilidad solidaria de los involucrados en irregularidades que se presenten en la verificación vehicular, como pueden ser técnicos, gerentes, dueños y proveedores de verificentros
      • inhibir a los “coyotes” pues prevé que ninguna persona podrá verificar más de dos automotores al día, salvo previa justificación y autorización de la SMA

Como se aprecia, este Reglamento que entrará en vigor el 20 de octubre de 2012,  propiciará mejoras en la gestión y control de la verificación vehicular en el DF, y garantizará un servicio de verificación vehicular satisfactorio.