Con la expedición de la Ley de Migración se regula la expedición de los diferentes tipos de visa a los que pueden acceder los extranjeros para transitar en México y/o solicitar su internación, mismos que se precisan enseguida:
- visa de visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas
- visa de visitante para realizar trámites de adopción
- visa de residencia temporal
- visa de residente temporal estudiante
- visa de residencia permanente
Aun cuando el Reglamento de la Ley de Migración prevé supuestos generales para obtenerlas, faltaba precisar los documentos a presentar en cada caso, situación que fue incorporada en los lineamientos generales para expedición de visas publicados en el DOF de hoy. Estos lineamientos tienen los siguientes objetivos:
- implementar la nueva regulación sobre visas en el marco de la Ley de Migración
- establecer una regulación diferenciada por cada tipo de visa que prevea procedimientos y plazos aplicables en las oficinas consulares y en las de atención a trámites del Instituto
- dar a conocer los documentos que permiten acreditar los supuestos previstos en el Reglamento para cada una de las visas que pueden solicitar los extranjeros para viajar al país y solicitar su internación
- dar facilidades en la expedición de las visas que favorezcan los flujos migratorios
- otorgar certeza jurídica al particular y a la autoridad migratoria que resuelve y coadyuvar al combate a la corrupción mediante la publicación de criterios de resolución de los trámites de solicitud de autorización de visa.
Vigencia: A partir del 9 de noviembre de 2012