Publican reglas para estancias migratorias

En estos lugares se alojan los extranjeros que no acreditan su situación migratoria, para que la regularicen o sean asistidos para que retornen a su país

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 .  (Foto: IDC online)

La presentación de extranjeros es la medida dictada por el Instituto Nacional de Migración, mediante la cual se acuerda el alojamiento temporal de un extranjero que no acredita su situación migratoria para la regularización de su estancia o la asistencia para el retorno. El alojamiento se ofrece en estaciones migratorias y en estancias provisionales

(artículo 106 de la Ley de Migración).

A fin de lograr una convivencia armónica, preservar la seguridad de los extranjeros alojados en las estaciones, y regular la organización y el funcionamiento de éstas la Segob dio a conocer en el DOF de hoy las Normas para el funcionamiento de las Estaciones Migratorias y Estancias Provisionales en las cuales se precisa:

  • la autoridad responsable de las estaciones migratorias y estancias provisionales
  • las reglas para el ingreso de terceros a estaciones migratorias
  • las actividades y los horarios
  • las medidas de seguridad tendientes a proteger a los alojados en estaciones migratorias y estancias provisionales
  • el procedimiento a seguir cuando un extranjero se presente en una estación migratoria
  • el derecho a nombrar representante y realizar llamadas telefónicas
  • la obligación del Instituto de proveer asistencia médica y psicológica

Por último, cabe recordar que en las estaciones migratorias deberá observarse el respeto irrestricto de los derechos humanos de los extranjeros, sea cual sea su origen, nacionalidad, género, etnia, edad y situación migratoria, con especial atención a grupos vulnerables como menores de edad, mujeres, personas adultas mayores, personas con discapacidad, indígenas y víctimas o testigos de delito.