Derogan adopción simple en el Código Civil Federal

Se incluye a los concubinos, y no solo a los esposos, como sujetos con capacidad para adoptar

Adopción
 Adopción  (Foto: Redacción)

La adopción simple, figura que limitaba los derechos sucesorios del adoptado, fue derogada del Código Civil Federal (CCF), de acuerdo con un decreto de la Secretaría de Gobernación publicado este lunes en el DOF.

La reforma también incluye cambios al artículo 391 del mismo ordenamiento, con lo que se incluye a los concubinos, y no sólo a los cónyuges, como sujetos con capacidad para adoptar.

Antes de estas modificaciones, el CCF reconocía dos tipos de adopción: la simple y la plena, en la primera los derechos y obligaciones que surgían tras la adopción sólo incluían al adoptante y al adoptado, por lo que este último no era considerado como un descendiente para el resto de la familia en términos sucesorios.

La adopción plena en cambio equipara al hijo adoptado a los hijos consanguíneos, con los mismos derechos y obligaciones.

A su vez, antes de esta reforma el artículo 391 del código adjetivo mencionado sólo reconocía como sujetos capaces de adoptar al marido y a la mujer (cónyuges), en tanto que ahora esa capacidad jurídica se amplía también a los concubinos.

Cabe destacar que tanto cónyuges como concubinos para adoptar deben ser cuando menos 17 años mayores que el adoptado.

Con estas reformas se actualiza la legislación civil federal con la que ya existe en la mayoría de los estados del país, además de que se armoniza el CCF con los cambios en materia de derechos humanos incluidos en la Constitución mexicana.