OCDE avala negar suspensión en telecomunicaciones

La reforma en el sector es armónica con lo que sucede en los países que integran esa institución

La OCDE avala que no exista suspensión provisional del acto de autoridad en materia de telecomunicaciones
 La OCDE avala que no exista suspensión provisional del acto de autoridad en materia de telecomunicaciones  (Foto: Redacción)

La propuesta de reforma de telecomunicaciones, que ya fue aprobada por la Cámara de Diputados y actualmente se encuentra en análisis en el Senado, “introduce elementos fundamentales para fortalecer la autonomía de los órganos reguladores”, tal y como sucede en los países que forman parte de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).

Esto incluye evitar que se otorgue la suspensión provisional en contra de las resoluciones del órgano regulador, dijo en un comunicado José Antonio Ardavín, director del Centro de la OCDE en México.

“En la totalidad de los países de la OCDE, la decisión del regulador se mantiene firme hasta que un tribunal resuelva la controversia, y si no lo hace, esa controversia se resuelve de forma expedita”, es decir no se otorga una suspensión del acto de la autoridad, sino que el quejoso debe esperar a que se resuelva todo el litigio, enfatizó Ardavín.

Además, “la creación de tribunales especializados en materia de telecomunicaciones y radiodifusión ayudará a reducir dramáticamente la litigiosidad imperante y el abuso que se daba del derecho de revisión”, dijo el funcionario.

Solo como referencia, Ardavín mencionó que la OCDE detectó en un estudio que entre 2005 y 2010 se presentaron 138 amparos en el sector de las telecomunicaciones, 83% de los cuales fueron denegados, “pero que al retrasar la acción del regulador, en algunos casos hasta por 10 años, beneficiaban sobre todo al operador dominante”.

Así mismo, la reforma clarifica las atribuciones del órgano regulador, a nivel de la propia Constitución, y elimina las “dobles ventanillas”, lo cual es otra de las recomendaciones hechas por la OCDE.

El hecho de que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) asuma, como se plantea en la propuesta, las atribuciones de la Comisión Federal de Competencia en esta materia “nos parece pertinente para eliminar así la doble ventanilla en este aspecto”, pues además se requiere que la autoridad mantenga una significativa especialización, comentó.

En esta reforma, presentada por el presidente Enrique Peña Nieto, en el marco del Pacto por México, se plantea que las empresas del sector de las telecomunicaciones no podrán obtener la suspensión provisional del acto reclamado, en caso de que interpongan un amparo.

Esta disposición ya está incluida en la nueva Ley de Amparo, publicada el pasado XX de abril, que establece en su artículo 129 que el derecho a la suspensión está limitado en el caso de empresas financieras, y aquellas que sean concesionarias de bienes del Estado, como por ejemplo los consorcios que operan el espacio radioeléctrico del país.

La iniciativa privada mexicana ha manifestado su oposición a estos preceptos tanto con la Ley de Amparo, como con la propuesta de reforma en telecomunicaciones.