Operaciones que incluye la ley vs lavado de dinero

Comerciantes, constructores, prestamistas y agentes aduanales, entre otros, deben reportar a la SHCP

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 .  (Foto: iStock)

La Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, que entrará en vigor el próximo miércoles 17 de julio, señala –como sujetos obligados- a las personas dedicadas al comercio, la construcción, el mutuo (prestamistas), y los servicios aduanales, entre otros.

Las operaciones que éstos realizan se denominan en la norma Actividades Vulnerables, mismas que generan cuatro tipos de obligaciones:

A. Al llevar a cabo la actividad siempre se debe Identificar al cliente, obteniendo copia de su credencial o de cualquier otro documento que revele su identidad

B. Al realizarse la actividad, por un monto señalado en la norma, el proveedor de bienes o servicios debe Identificar al cliente

C. Si la actividad supera el límite establecido en la ley, además de la identificación del cliente, se debe Informar a la Unidad de Inteligencia Financiera de la SHCP

D. Por el sólo hecho de que se lleva a cabo la actividad, independientemente del monto, el proveedor debe Informar en todos los casos a la Unidad de Inteligencia Financiera de Hacienda

A continuación te mostramos cuáles son estas actividades:

i. Actividades que requieren que el cliente se identifique

Compraventa de cheques de viajeros; préstamos; construcción de inmuebles; traslado de valores; servicios inmobiliarios.

ii. Actividades cuyo monto obligan al proveedor a identificar al cliente

Juegos y sorteos, si superan 21,000 pesos; las operaciones de los agentes aduanales si estas exceden de 31,000 pesos; compraventa de tarjetas pre pagadas mayores a 41,000 pesos; compraventa de joyas y de tarjetas de servicios superiores a 52,000 pesos.

Arrendamiento de inmuebles si la renta mensual supera 103,000 pesos; compraventa de obras de arte y blindaje de autos, si la transacción es de más de 156,000 pesos; compraventa de vehículos si su precio supera 207,000 pesos.

iii. Actividades cuyo monto requieren que se informe a la SHCP

  • Operaciones que superen 41,000 pesos: realización de juegos y sorteos; emisión de tarjetas pre pagadas; compraventa de cheques de viajero.
  • Operaciones que excedan 83,000 pesos: Emisión de tarjetas de servicios.
  • Operaciones de más de 103,000 pesos: Préstamos y compraventa de joyas.
  • Operaciones superiores a 207,000 pesos: Traslado de dinero y valores; recepción de donativos; pago mensual de arrendamiento de inmuebles.
  • Operaciones de más de 311,000 pesos: Compraventa de obras de arte; servicios de blindaje de vehículos o inmuebles.
  • Operaciones que excedan 415,000 pesos: Compraventa de vehículos, barcos o aviones.
  • Operaciones que superen 519,000 pesos: Construcción, compraventa o transmisión de inmuebles; modificación patrimonial de personas morales; creación de fideicomisos.
  • Operaciones de más de un millón de pesos: Todas las operaciones que realicen los notarios públicos, si involucran inmuebles que exceden ese monto.

iv. Actividades que se deben informar siempre a la SHCP

Compraventa de inmuebles, administración de recursos y valores, manejo de cuentas bancarias, administración de sociedades mercantiles; todas las actividades que realizan los Notarios y Corredores Públicos.

Las operaciones de los agentes aduanales si despachan joyas, obras de arte, vehículos, barcos o aviones; maquinas de juego; materiales para la elaboración de tarjetas de crédito o débito, y materiales de blindaje.