Aviso de privacidad ¿Se registra?

No es necesario, se trata de una obligación contemplada en la ley que no requiere un registro ante ninguna autoridad

En cumplimiento a la ley de protección de datos elaboré mi aviso de privacidad con todos los requisitos señalados en la misma ¿Lo debo registrar ante alguna autoridad?

La Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP) contiene reglas, requisitos, principios, procesos y obligaciones enfocadas a asegurar un uso y protección adecuados de los datos personales.

Uno de los principales objetivos es fomentar que los particulares tengan una cultura de protección de esa información, mediante la adopción de políticas y prácticas que cumplan con el contenido de esa Ley en cuanto a sus principios y garantías.

El artículo 16 de la LFPDPPP señala los requisitos a contener en el aviso de privacidad, y el artículo 17 obliga al responsable del tratamiento a ponerlo a disposición del titular de los datos personales para informarle qué datos se están recabando y cuál es su finalidad.

Sin embargo, el ordenamiento en comento no obliga a presentar el aviso de privacidad ante ninguna autoridad para verificar su cumplimiento o validez, pues el carácter de dicho dispositivo es esencialmente auto regulatorio. No obstante, eso implica que el responsable debe poner mayor atención en su elaboración conforme a los lineamientos legales.