Evita sanciones por la ley contra el lavado

Las multas pueden alcanzar hasta los cuatro millones de pesos

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 .  (Foto: Redacción)

La Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI), que entró en vigor el pasado 17 de julio, contempla sanciones para quienes realicen actividades vulnerables, y que de manera fraccionada en el lapso de seis meses, superen los montos establecidos en la misma norma.

Es decir, si una persona realiza operaciones por una suma acumulada -en un periodo de seis meses- que suponen los montos establecidos en la ley, podrán ser consideradas como actividades sujetas a la obligación de presentar avisos a la Unidad de Inteligencia Financiera de la SHCP.

Esto quiere decir que, por ejemplo, una empresa vendedora de arte deberá informar a la unidad mencionada si en el lapso de seis meses un mismo cliente adquirió cuadros y esculturas con un valor superior a los 311,819 pesos.

Lo mismo sucederá en el caso de las empresas de blindaje, que tendrán que informar a Hacienda si en un semestre un solo cliente blindó varios vehículos y pagó por ellos más de 311,000 pesos.

Las sanciones en estos casos incluyen multas de entre 12,952 a 129,520 pesos, sólo por no identificar al cliente, en tanto que la suma se eleva hasta los cuatro millones de pesos por omitir el envío de avisos a la autoridad.

Para evitar ubicarse en esta situación, te invitamos a asistir a nuestro Seminario sobre la ley contra el lavado de dinero, que se lleva a cabo este martes.