Con 106 votos a favor, 15 en contra y una abstención, el Senado de la República aprobó en lo general el proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Constitución en materia político-electoral.
El dictamen contempla la creación del Instituto Nacional Electoral (INE), como autoridad en la materia, “independiente en sus decisiones y funcionamiento, y profesional en su desempeño”, que contará con órganos de dirección, ejecutivos, técnicos y de vigilancia, así como con un Consejo General formado por un presidente y 10 consejeros electorales que durarán en el cargo nueve años, detalló la Cámara alta en un comunicado.
Ese nuevo organismo, además de organizar los comicios federales, tendrá injerencia en las elecciones que se lleven a cabo en los estados, aunque estas últimas seguirán a cargo de instituciones locales.
En ese mismo tenor, la reforma dispone que –mediante leyes secundarias- se establezca un sistema de nulidades electorales cuando algún candidato o partido excedan el gasto de campaña en un 5% del monto total autorizado.
Dichas violaciones, se agrega, “deberán acreditarse de manera objetiva y material”, y se presumirá que éstas son determinantes cuando la diferencia entre la votación obtenida entre el primero y el segundo lugar sea menor al 5%.
El proyecto, que aún debe ser avalado por la Cámara baja y por la mitad más uno de los Congresos estatales, de también estima que en caso de nulidad de la elección se convocará a comicios extraordinarios, en los que no podrá participar la persona sancionada.
A su vez, se prevé que el Congreso de la Unión expida leyes generales que regulen a los partidos políticos nacionales, así como los procedimientos y delitos electorales, a más tardar el 30 de junio de 2014.
Asimismo, la reforma constitucional aumenta del 2 al 3% el umbral de votación que deben obtener los partidos políticos para mantener su registro.
En materia política, los senadores podrán ser electos hasta por dos periodos consecutivos (12 años en total), y los diputados al Congreso de la Unión hasta por cuatro periodos consecutivos (12 años en total).
“Dicha postulación sólo podrá ser realizada por el mismo partido o por cualquiera de los partidos integrantes de la coalición que los hubiera postulado, salvo que hayan renunciado o perdido su militancia antes de la mitad de su mandato”.
En los artículos transitorios se establece que la figura de la reelección será aplicable a los diputados que sean electos a partir del proceso electoral de 2015, y a los senadores electos a partir del 2018 por lo que los actuales legisladores no gozarán de este derecho a la reelección.
El dictamen contempla que las constituciones de los estados tienen que establecer la elección consecutiva para el mismo cargo de presidentes municipales, regidores y síndicos, por un periodo adicional, siempre y cuando el mandato de los ayuntamientos no sea superior a tres años (seis años en total).
También prevé que el presidente de la República tenga la posibilidad de establecer un gobierno de coalición con uno o varios de los partidos políticos representados en el Congreso.
Además, ordena la autonomía constitucional del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, y del Ministerio Público de la Federación; en este sentido se prevé que la PGR se transforme en la Fiscalía General de la República, el cual será elegido por el presidente y el Senado.
A su vez, será el Congreso quien apruebe el Plan Nacional de Desarrollo, en tanto que el Senado deberá avalar la Estrategia Nacional de Seguridad Pública que proponga el Ejecutivo federal.
Respecto de la toma de protesta del presidente del país esta se cambia, para el periodo que comprende del 2018 al 2024, al 1 de diciembre del 2018, aunque ese mandato concluirá el 30 de septiembre de 2024, para que el siguiente titular del Ejecutivo federal inicie el encargo el 1 de octubre de 2024.