México (Notimex).- El presidente de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, Ricardo Anaya Cortés, emitió la declaratoria de constitucionalidad de las reformas político-electoral, y de Transparenciala, las cuales se turnaron al Ejecutivo para su promulgación.
El legislador dio a conocer al pleno que la reforma política fue avalada por 18 Congresos estatales: Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Colima, Coahuila, Durango, Guanajuato y Jalisco. Además del Estado de México, Nayarit, Nuevo León, Puebla, Querétaro, San Luis Potosí, Sinaloa, Tamaulipas, Tlaxcala y Zacatecas.
La iniciativa se turnó al Ejecutivo para su publicación en el Diario Oficial de la Federación; mientras que el Congreso deberá elaborar las leyes reglamentarias a más tardar el 30 de abril de 2014.
Lo mismo sucedió con la reforma de Transparencia, que fue avalada por 18 Congresos estatales.
Los cambios constitucionales en materia política crean el Instituto Nacional Electoral (INE) en sustitución del Instituto Federal Electoral (IFE), instancia que podrá nombrar y remover a los consejeros de los institutos locales y fiscalizará los ingresos y egresos de los partidos y todas las campañas en el país.
Asimismo, establece la posibilidad de reelección consecutiva para senadores hasta por dos periodos consecutivos y de los diputados federales hasta por cuatro periodos consecutivos, ambos se aplicarán a los legisladores electos en 2018.
Las entidades federativas y el Distrito Federal podrán establecer la elección consecutiva para legisladores, presidentes municipales, regidores y síndicos, hasta por un periodo extra.
Además, la reforma transforma a la Procuraduría General de la República (PGR) en una Fiscalía General de la República autónoma, conformada por la fiscalía anticorrupción y la de delitos electorales.
De igual forma, aumenta a 3% el mínimo de los votos necesarios para mantener el registro como partido político nacional o estatal y eleva a rango constitucional la equidad de género en candidaturas.
También establece causas de nulidad de una elección federal o local cuando se exceda el gasto de campaña en un 5% del monto total autorizado, por utilización de recursos de procedencia ilícita, desvío de recursos públicos o la compra de cobertura informativa o de tiempos en radio y televisión, fuera de los supuestos previsto en la ley.
Con las modificaciones se cambia la fecha en la que el presidente de la República electo tomará protesta al 1 de octubre, en lugar del 1 de diciembre, y se fija al primer domingo de junio como la nueva fecha para las elecciones federales y locales, salvo las de 2018, las cuales se realizarán el primer domingo de julio.
A su vez, la reforma de transparencia modificó los artículos 6, 73, 76, 89, 105, 108, 111 y 122 de la Constitución, con lo que se otorga autonomía plena al IFAI, además de que las resoluciones de ese órganismo serán inatacables.
Asimismo, prevalecerá el principio de "máxima publicidad", bajo el cual tendrán que operar las instancias que sean auspiciadas por parte del gobierno en sus diversos niveles.